Hacienda amplía la devolución del IRPF por maternidad a los empleados públicos

  • El pasado 3 de octubre una sentencia del Tribunal Supremo declaró exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social.
Hacienda devolverá también el IRPF de maternidad a los empleados públicos.
Hacienda devolverá también el IRPF de maternidad a los empleados públicos.
EFE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley por el que habilita que los empleados públicos integrados en el mutualismo administrativo y a los profesionales dados de alta en una mutualidad de previsión social alternativa a la Seguridad Social puedan solicitar la devolución del IRPF por las prestaciones de maternidad y paternidad.

El pasado 3 de octubre una sentencia del Tribunal Supremo declaró exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social. El Ministerio de Hacienda interpretó que estas exenciones debían ampliarse también a las ayudas por paternidad y puso en marcha un sistema de devolución a través de la Agencia Tributaria de los años no prescritos.

Sin embargo, algunos colectivos no estaban amparados ni por dicha sentencia ni por la regulación actual del IRPF. En concreto, se encuentran en esta circunstancia una parte de los empleados públicos, en concreto los integrados en el mutualismo administrativo (MUFACE, MUGEJU e ISFAS, fundamentalmente) cuya prestación de maternidad o paternidad consiste, hasta el momento, en percibir sus retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad.

La discriminación también afectaba a los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, que perciben tales prestaciones de mutualidades de previsión social. En consecuencia, la nueva redacción que se introduce en la Ley del Impuesto, además de declarar expresamente exentas las prestaciones por maternidad o paternidad satisfechas por la Seguridad Social, extiende la exención a las prestaciones percibidas por los otros colectivos señalados, hasta el límite de la prestación máxima que la Seguridad Social reconoce por tal concepto.

Esta exención se extiende a los ejercicios anteriores no prescritos, por lo que el colectivo indicado que hubiera tributado en el IRPF en relación con tales prestaciones y ejercicios, podrá solicitar la correspondiente devolución.

La devolución se retrasa por más de un año

Pese a los cambios legislativos, el proceso se está retrasando más de lo esperado. En el complejo proceso de devolución del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad, Hacienda está priorizando las reclamaciones más sencillas de tramitar. En concreto, se están agilizando las solicitudes de aquellos contribuyentes que cobraron la prestación íntegra en solo un año natural, frente a los que la percibieron a caballo entre dos ejercicios.

Si fue madre a finales de 2014 y empezó a cobrar una prestación pública de la Seguridad Social en ese año, para agotar el resto en 2015, tendrá que esperar algo más para reingresar el importe correspondiente al IRPF que tributó por este concepto. Al igual que si recibió una prestación de paternidad en 2014, por el nacimiento de un hijo, y otra en 2015, cuando fue papá de nuevo. Son algunos ejemplos de contribuyentes que parten con desventaja en las tramitaciones que está llevando a cabo la Agencia Tributaria (AEAT) para devolver los impuestos que se pagaron por unas prestaciones que el Tribunal Supremo ha declarado exentas.

Recordemos que, tal y como reveló La Información, desde que se habilitó el formulario en la web de la AEAT se produjo un aluvión de reclamaciones irregulares y sin derecho a devolución que provocó un colapso en las oficinas públicas, ralentizando la tramitación de miles de solicitudes. Hacienda dio la orden de verificar caso por caso antes de proceder al pago, aunque esto suponga un freno en todo el proceso.

Desde varias delegaciones territoriales advirtieron de que "hay muchas solicitudes paralizadas, porque se están revisando". Las oficinas han estado recibiendo decenas de llamadas de contribuyentes que se interesan por el estado de tramitación de su reclamación, porque "se esperaba una mayor agilidad en los trámites de la que está siendo posible, dadas las complicaciones para contrastar todos los datos". Entienden la impaciencia de los padres y madres porque "Hacienda anunció que se devolverían los importes con celeridad, y no está siendo así".

"Deben tener paciencia, los importes se están devolviendo y tenemos de plazo hasta el 31 de diciembre", aseguró a su vez un portavoz de otra importante delegación territorial. En Hacienda han evitado aportar datos oficiales hasta tener más avanzado el proceso pero, por el momento, aseguran que las devoluciones "van rápido".

Gestha calcula que casi 75.000 funcionarios podrán solicitar la devolución del IRPF retenido en las prestaciones de maternidad y paternidad de los últimos cuatro años no prescritos. Recuerda en un comunicado que, desde que se conoció la Sentencia del Tribunal Supremo que declaraba exentas de IPRF las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social, siempre ha defendido que esta exención debía extenderse también a las madres y padres funcionarios que disfruten del permiso por parto, adopción o guarda y paternidad.

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