Impuesto sobre Sociedades: ¿qué es y cómo funciona?

  • El impuesto grava la renta de las entidades jurídicas y aplica un tipo general del 25%, aunque hay tipos reducidos si se cumplen ciertos requisitos.
Diferentes impuestos entre pymes y grandes empresas
Diferentes impuestos entre pymes y grandes empresas
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El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas. Es decir, equivaldría al IRPF, pero en vez de aplicarse sobre las personas físicas se aplica sobre las jurídicas. Todas las sociedades deben presentar la declaración de este impuesto aunque no hayan desarrollado actividades durante el período impositivo o no hayan obtenido rentas sujetas al impuesto, pero ¿cómo funciona y cuándo debe presentarse la declaración?

Como ocurre en otros impuestos, lo primero es calcular la base imponible, es decir, la magnitud que resulta de calcular el hecho que obliga al pago del impuesto. En ese caso, la base imponible es la renta obtenida por la sociedad en el período impositivo menos las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores. Para realizar el cálculo, las entidades jurídicas sujetas al IS realizan la diferencia entre ventas e ingresos y gastos y compras, teniendo en cuenta que hay gastos contables deducibles.

Sobre esta base imponible, la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades establece un tipo general de gravamen del 25%, vigente desde 2016 cuando se redujo desde el 30%. Sin embargo, también prevé tipos reducidos para entidades que cumplan condiciones especiales.

Las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán al 15% durante sus dos primeros años, siempre que la base imponible resulte positiva (obligue a pagar el impuesto) y que no deban tributar a un tipo inferior. Las entidades que tengan consideración patrimonial no podrán beneficiarse de este tipo reducido.

Por su parte, las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas tributarán al 20%, excepto las de crédito y cajas rurales así como los resultado extracooperativos, y las entidades a las que sea de aplicación el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo al 10%. Las sociedades y fondos de inversión y fondos de activos bancarios tributarán al tipo del 1%.

Plazos de presentación

Quienes tengan obligación de realizar la presentación del Impuesto sobre Sociedades deberán realizarlo dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la finalización del período impositivo. Es decir, si el ejercicio coincide con el año naturalmente, así ocurre en la mayoría de los casos, el plazo de presentación es del 1 al 25 de julio. Esta declaración anual será obligatoria para todas las sociedades incluso cuando no se haya tenido actividad en el período impositivo.

Además, quienes obtengan un resultado positivo en la declaración anual deberán realizar un pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades durante los meses de abril, octubre y diciembre a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso. La base para calcular el pago fraccionado será la cuota íntegra del último período impositivo, a la que se aplicará el 18%.

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