Seguridad Social

Los ingresos que se tienen en cuenta para acceder al ingreso mínimo vital

Aquellos que perciban esta ayuda, podrán cobrar hasta el 30 de junio -o más, si el Gobierno prorroga la medida- un 15% más de dinero. 

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

Hasta el 30 de junio, salvo que la medida se prorrogue más allá de esta fecha, aquellos beneficiarios del ingreso mínimo vital podrán cobrar un 15% más de la cuantía de la ayuda. Esto es así porque entra dentro del paquete de medidas que el Gobierno puso en marcha para dar respuesta a la incesante escalada de precios, que se ha agravado tras la guerra en Ucrania y que ha tenido una consecuencia directa en el bolsillo de los españoles. 

Así pues, como decimos, el plan de choque incluyó un incremento del 15% del IMV, que se sumaba a la subida del 3% que entró en vigor a principios del año, tras haberse fijado en el proyecto de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). La renta garantizada queda, por tanto, fijada de la siguiente forma:

- Cuantías de la renta garantizada en 2022 al mes. Unidad no monoparental. Con la subida del 15%:

  • Un adulto: 565,37 euros al mes
  • Un adulto y un menor: 734,99 euros al mes
  • Un adulto y dos menores: 904,60 euros al mes
  • Un adulto y tres menores: 1.074,22 euros al mes
  • Un adulto y cuatro o más menores: 1.243,83 euros al mes
  • Dos adultos: 734,99 euros al mes
  • Dos adultos y un menor: 904,60 euros al mes
  • Dos adultos y dos menores: 1.074,15 euros al mes
  • Dos adultos y tres o más menores: 1.243,83 euros al mes
  • Tres adultos: 904,60 euros al mes
  • Tres adultos y un menor: 1.074,22 euros al mes
  • Tres adultos y dos o más menores: 1.243,83 euros al mes
  • Cuatro adultos: 1.074,22 euros al mes

- Cuantías de la renta garantizada en 2022 al mes. Unidad monoparental. Con la subida del 15%:

  • Un adulto y un menor: 859,37 euros al mes
  • Un adulto y dos menores: 1.028,99 euros al mes
  • Un adulto y tres menores: 1.198,60 euros al mes
  • Un adulto y cuatro o más menores: 1.368,21 euros al mes

Requisitos de ingresos del ingreso mínimo vital

En cualquier caso, recordemos que para poder cobrar el ingreso mínimo vital hace falta cumplir los requisitos exigidos por la Seguridad Social. Sobre todo, teniendo en cuenta el límite de ingresos y rentas que se tienen para reconocer la prestación. 

Tal y como explica la Seguridad Social, la situación de vulnerabilidad económica se determina teniendo en cuenta el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior. Cuando esto no ocurra, y no se reúna esa condición del año pasado, se podrá pedir desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre del año en curso. 

Así, para el cómputo de las rentas del año en curso, no se tendrán en cuenta las prestaciones o subsidios por desempleo, en cualquiera de sus modalidades. Se incluye también la renta activa de inserción (RAI) y la prestación por cese de actividad, percibidas durante dicho año, siempre que en el momento de la solicitud de la prestación del IMV, el derecho a aquellas prestaciones se hubiera extinguido por agotamiento, renuncia o por superar el límite de ingresos previstos para su mantenimiento. 

Asimismo, detalla la Seguridad Social, se requerirá que en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud, el beneficiario individual o, en su caso, la unidad de convivencia no haya superado determinados límites de renta y patrimonio.

Por último, en el año siguiente al del reconocimiento de la prestación de ingreso mínimo vital, se procederá a la regularización de las cuantías abonadas tomando en consideración la información de que dispongan las Administraciones Tributarias, dando lugar, en su caso, al reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas.

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