El BOE publica hoy el nuevo plan de choque anticrisis que ya detalló el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 28 de marzo. Entre esta batería de 22 medidas que tratan de paliar la inminente escalada de precios que también se ha visto agravada por el conflicto de Ucrania, se incluyen una bonificación de 20 céntimos por litro en el combustible para todos los ciudadanos o un límite del 2% a las revisiones de los alquileres. En total, se invertirán 16.000 millones de euros, de los cuales 6.000 millones serán para ayudas directas y rebajas de impuestos y 10.000 millones más en créditos ICO.
Además, otra de las normas clave es la flexibilización de los requisitos y el aumento del 15% en las cuantías del ingreso mínimo vital (IMV). Esta prestación social, supone una ayuda para muchas familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad. La subida llega precisamente tres meses después de otro incremento del 3% que entró en vigor a principios del año, tras haberse fijado en el proyecto de los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
Los beneficiarios de este subsidio pueden solicitarlo tanto de forma individual como por unidades de convivencia, y las familias con hijos menores podrán recibir un complemento para la infancia de hasta 100 euros. Recordemos que la ayuda del IMV será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas.
Hasta el 30 de junio
Tal y como se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconocerá un incremento extraordinario en la prestación de ingreso mínimo vital vigente a la entrada en vigor de este real decreto-ley, es decir, a partir del 31 de marzo. Este complemento se aplicará respecto de las mensualidades de abril, mayo y junio de 2022. Por tanto, la cuantía que llega ese mismo 1 de abril verá incluida el implemento aprobado por el Gobierno.
Asimismo, esta subida 15% al importe mensual podrá ser percibida por aquellos beneficiarios que reciban complementos mensuales. En cualquier caso, se excluirán los importes correspondientes a periodos previos, así como a otros conceptos de periodicidad no mensual que hubieran podido acumularse.
Por otro lado, en el BOE informan a los solicitantes que el incremento también se aplicará a quienes presenten su solicitud a la fecha de la entrada en vigor de esta normativa, pero no hayan sido resueltas, así como a aquellas que se presenten con posterioridad, siempre que su reconocimiento no sea posterior al 1 de junio de 2022.
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