Las cinco medidas con las que el Gobierno quiere acabar con el fraude fiscal

    • De hoy en 20 días, todas las transacciones comerciales superiores a 2.500 euros deberán hacerse por medio bancarios.
    • Obstruir una inspección de Hacienda se puede llegar a pagar con una multa de 600.000 euros.

El Gobierno ilegaliza las transacciones comerciales en efectivo superiores a 2.500 euros.
El Gobierno ilegaliza las transacciones comerciales en efectivo superiores a 2.500 euros.
Bruno Pérez

Hoy entra en vigor la Ley para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, el enésimo intento de un Gobierno español en los últimos años para poner coto al fraude en el pago de impuestos, un fenómeno de márgenes poco definidos pero que la mayoría coincide en considerar gigantesco.

La Agencia Tributaria recupera cada año entre 8.000 y 10.000 millones de euros que los contribuyentes no tenían intención de pagar. La cifra supone cerca de un 10% de la recaudación anual por impuestos del Estado, pero se antoja ridícula si se la compara con las estimaciones que sitúan la economía sumergida en el 25% del PIB.

A falta de información más precisa y rigurosa sobre semejante volumen de economía irregular, el Gobierno ha optado por actuar sobre las realidades más tangibles.

Por ello, ha enfocado la nueva ley antifraude hacia la mejora de los mecanismos de recaudación y la lucha contra nichos de fraude bien conocidos, como los pagos en metálico. Éstas son las cinco líneas maestras del proyecto:

1. Medidas cautelares contra los morosos. La ley refuerza las atribuciones de la Agencia Tributaria para actuar contra los casos más típicos de contribuyentes que intentan eludir sus obligaciones fiscales retrasando pagos, eternizando los procedimientos o diluyendo su responsabilidad patrimonial.

En esta línea, se regula la responsabilidad de los antiguos socios sobre las deudas tributarias pendientes de entidades disueltas o liquidadas, se prohíbe la apropiación por parte de los administradores de bienes inmuebles pertenecientes a sociedades embargadas y se facilitan los embargos y medidas cautelares para garantizar el cobro de las deuda tributarias.

La agilización de estos procedimientos no es un tema menor. El año pasado, las cantidades pendientes de pago por deudas tributarias con Hacienda superaron por primera vez los 30.000 millones de euros.

2. Quedan prohibidos los pagos en efectivo superiores a los 2.500 euros. El Gobierno quiere acabar con uno de los vergonzantes clásicos de la España del ladrillo: las transacciones comerciales sustanciadas con un apretón de manos y la entrega de un maletín. Operaciones que no dejan huella y cuya licitud fiscal es casi imposible de rastrear.

La ley establece que las operaciones que superen los 2.500 euros deberán realizarse siempre por medios bancarios. La restricción del pago en efectivo sólo pesará sobre las transacciones comerciales. Sí podrán realizarse entre particulares (cuando ninguno de los implicados actúe como empresario o profesional) y en los ingresos en entidades financieras.

El Gobierno ha decidido dar un periodo transitorio de 20 días antes de su entrada en vigor, con el fin de que su conocimiento se generalice y no haya problemas en su cumplimiento.

Si el fisco se entera de que una de estas transacciones irregulares ha tenido lugar, la multa ascenderá al 25% de la cantidad transferida. Y un dato importante en la lucha contra la corrupción, funcionarios y autoridades quedan obligados por ley a informar de cualquier transacción de esta naturaleza de la que sean testigos.

3. Informe obligatorio sobre bienes y activos en el extranjero. Todos los españoles que posean cualquier tipo de título, activo, cuenta en una entidad bancaria, bien inmueble o seguro de vida en el extranjero, ya sean titulares o beneficiarios, están obligados por la ley a dar cuenta de la existencia de los mismos a la Hacienda Pública.

El no cumplimiento de esta disposición acarreará una multa mínima de 10.000 euros que se ampliará en otros 5.000 por cada activo o bien no declarado. Además, las rentas obtenidas a espaldas de Hacienda por activos ubicados en el extranjero no prescribirán jamás.

4. Carpinteros, fontaneros, fuera del sistema de módulos. El Régimen de Estimación Objetiva, también conocido como de Módulos, es una peculiaridad del sistema fiscal español.

Existe una conciencia casi unánime de que es un nicho de fraude y una fuente de facturas falsas, pero hasta ahora nadie se había atrevido a reformarlo ante el peso de una doble evidencia: los profesionales allí establecidos (en torno a un millón y medio entre agricultores y otros profesionales) realizan anualmente millones de pequeñas transacciones imposibles de controlar para la Inspección y, al fin y al cabo, de este modo se mantienen dentro del sistema.

La nueva ley no acaba con el régimen, pero estrecha sus márgenes. A partir del próximo 1 de enero saldrán del mismo los profesionales cuya facturación dependa en menos de un 50% de los particulares, con el argumento de que es en las relaciones entre empresas donde hay más opciones de tráfico de facturas falsas.

También los que tengan unos rendimientos anuales superiores a 50.000 euros, lo que, de facto, deja fuera a sectores profesionales enteros como carpinteros, albañiles, fontaneros, cerrajeros o pintores.

5. Poner problemas a la Inspección saldrá caro. Hasta hoy, si un inspector de Hacienda se personaba por sorpresa en un domicilio particular o sede de empresa para chequear el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales de un contribuyente y éste optaba por la resistencia pasiva, el asunto podía solventarse con una pequeña multa de 150 euros.

Eso se acabó. La nueva ley endurece las sanciones por resistencia u obstrucción a la acción inspectora, de forma que éstas oscilarán entre los 1.000 y los 100.000 euros, en el caso de contribuyentes sin actividad económica; y entre los 3.000 y los 600.000 euros en los que sí la tengan (empresas o autónomos).

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