Según el IPREM

El máximo de ingresos que puedes tener para abrir una cuenta gratis en el banco

Disponer de una tarjeta de crédito o débito puede llegar a ser toda una inversión debido a las comisiones asociadas, sin embargo, las entidades están obligadas a ofrecer una cuenta básica a personas vulnerables.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de wirestock en Freepik.

La mayoría de productos bancarios que ofrecen las entidades y los clientes necesitamos diariamente para poder consumir, tienen asociadas ciertas comisiones. Aquellas personas que se encuentran en situaciones económicas desfavorables o sean más vulnerables por su falta de recursos, tienen una solución para hacer frente a estas cuotas. Según la normativa de la Unión Europea, que promueve la inclusión económica y el acceso igualitario a servicios financieros, todos los bancos deben ofrecen las conocidas como 'cuentas de pago básicas'. 

Acceder a este tipo de cuentas requiere cumplir una serie de requisitos y justificar al banco que el solicitante no dispone de recursos suficientes. Para ello, las entidades pedirán informes que detalles los ingresos que recibe esa persona. Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir algunas de las condiciones marcadas, como residir de forma legal en la Unión Europea aunque no tengan un domicilio fijo, ser solicitantes de asilo o no disponer de un permiso de residencia, pero encontrarse en situaciones excepcionales que impidan la expulsión del país, como pueden ser las mujeres embarazadas. 

Niveles de ingresos

La justificación de vulnerabilidad estará marcada por una serie de índices de ingresos, que irán asociados al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) del ejercicio correspondiente, que este año es de 6.948,24 euros anuales en 12 pagas tras la subida del 2,5% en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Veamos cuáles son los límites y las cuatro situaciones que permitirán la apertura de este tipo de cuenta gratuita en el banco.

  • Personas no integradas en ninguna unidad familiar: dos veces el IPREM en 12 pagas, es decir, 13.896,46 euros anuales.
  • Unidades familiares de menos de cuatro miembros: dos veces y media el IPREM en 12 pagas, es decir, 17.370,6 euros anuales.
  • Unidades familiares numerosas de cuatro o más miembros: tres veces el IPREM en 12 pagas, es decir, 20.844,72 euros anuales.
  • Unidades familiares con algún miembro con discapacidad igual o superior al 33%: tres veces el IPREM en 12 pagas, es decir, 20.844,72 euros anuales.

Según indica el Banco de España, estas cuentas de pago básicas pueden tener una comisión máxima, única y conjunta de 3 euros al mes. El mismo organismo podrá actualizar esta cuantía cada dos años. Estas comisiones cubrirán el uso ilimitado de los servicios y 120 operaciones de pago anuales en euros dentro de la Unión Europea. En caso de superar este límite, las entidades no podrán repercutirle un extra superior en cómputo anual a los gastos medios que se apliquen a cada tipo de operación.

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