Aprobada por la UE

La nueva directiva deja 'a salvo' el negocio del crédito al consumo de la gran banca

La norma reducirá el número de microcréditos de entidades no bancarias, a quienes les cuesta más implantar normas que aumenten la transparencia y mejorará la información sobre préstamos de pequeñas cantidades.

Crédito al consumo
La nueva directiva del crédito al consumo tendrá un efecto neutro para la banca
KLÉPIERRE

La Unión Europea (UE) ha adoptado hoy la tan esperada Directiva de Crédito al Consumo que tiene como finalidad proteger a los consumidores que contraten un crédito de esta naturaleza y evitar el sobreendeudamiento excesivo. Aunque la directiva pone el foco en el crédito al consumo, el único que logra crecer año contra año desde que el Banco Central Europeo (BCE) endureció su política monetaria, no tendrá un efecto negativo en esta área de negocio, sino que la norma podría beneficiar a las entidades bancarias al limitar la competencia de las empresas no financieras.

Y es que según los datos del Banco de España, en agosto, el volumen de nuevas operaciones en este tipo de préstamos ascendió a 2.337 millones de euros frente a los 2.130 millones de igual periodo de 2022. En cuanto a los tipos de interés aplicados, según el organismo que dirige Pablo Hernández de Cos, para agosto, el TEDR, que excluye gastos de seguros y comisiones, alcanzó el 8,24%, trasladando también la subida de tipos al coste de los préstamos, lo que llevó a situarlos en el nivel más elevado desde 2017.

Así, una vez entrada la norma se espera que se produzca una reducción de la oferta de microcréditos por parte de entidades no bancarias para las que implementar normativas relacionadas con el aumento de la transparencia o la mejora de los análisis de solvencia puede tener un impacto negativo. "Esto, de cara al consumidor, es positivo, ya que se hará una 'limpia' de entidades que ofrecen pocas garantías de transparencia y un coste altísimo", explica Estefanía González, portavoz de finanzas personales de Kelisto. Para el sector financiero supondrá reducir la competencia. 

Otro de los aspectos novedosos es que la directiva mejora en la protección de los consumidores llegando a aquellos préstamos de menos de 200 euros, los contratos de leasing o las prácticas de buy now, pay later (“compre ahora, pague después”), una alternativa a la que cada vez más personas recurren, explican desde Asufin, la asociación de usuarios financieros.

Para los consumidores también es positivo porque busca poner coto al problema del excesivo endeudamiento, ya que introduce restricciones a los préstamos ante situaciones de solvencia negativa, para evitar el sobreendeudamiento de personas consumidoras especialmente vulnerables. Por otro lado, se permitirá a las personas con dificultades financieras posponer pagos y acceder a servicios de asesoramiento de deudas.

La norma no entrará en funcionamiento ya, puesto que a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), los estados miembros tendrán dos años para trasladar este nuevo marco a los ordenamientos jurídicos nacionales. Aún así es novedosa porque pretende avanzar en la transparencia de estos créditos, que en una situación de alza de tipos están creciendo puesto que los consumidores los utilizan como vía para evitar perder poder adquisitivo por la inflación.

La nueva directiva se asegura que toda la información relacionada con el crédito, incluido su coste total, se presente de manera clara y fácil de entender, y que sea compatible con dispositivos digitales. Es decir, se pretende que el  consumidor "pueda entender lo que está contratando", señala González. Asimismo, establece unas normas de publicidad más estrictas con el fin de reducir el crédito abusivo a los consumidores sobreendeudados, y crea medidas eficaces contra los sobrecostes. Otro aspecto que recupera es el "derecho al olvido" por parte de los enfermos de cáncer y otorga a los consumidores el derecho a rescindir un contrato de crédito en un plazo de catorce días.

Aspectos en los que no mejora

A pesar de estos avances, Asufin denuncia que no se recogen dos aspectos fundamentales que han reclamado en el pasado. Por un lado, las tarjetas de débito diferido. A diferencia de las tarjetas de débito tradicionales, las compras realizadas con tarjetas de débito diferido no se cargan inmediatamente en la cuenta bancaria de una persona. Los consumidores no tienen que disponer de fondos suficientes en su cuenta de pago en la fecha en que se realizan las compras. 

Sin embargo, la asociación denuncia que deben tener fondos suficientes en su cuenta de pago en la fecha en que vence el pago con tarjeta. De lo contrario, su cuenta quedará en descubierto y tendrán que pagar elevados intereses y comisiones al banco. Por otro lado, los préstamos peer to peer (P2P), a través de plataformas de crowdlending, es donde los consumidores quedan aún más desprotegidos que en la relación de préstamo bancario.

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