Las seis claves de la Ley de autónomos para no perder dinero en la declaración​

Autónomos bolo
Autónomos bolo

Los trabajadores por cuenta propia tienen regulada su actividad a través de la Ley del Trabajo Autónomo, que en los últimos meses ha sufrido algunas modificaciones tras la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo en 2017 y el Real Decreto para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo que entró en vigor en 2018. A continuación, repasamos los principales puntos en la legislación del autónomo. 

Bonificaciones cuota de autónomo durante 24 meses

Quienes opten por cotizar por la base mínima que corresponda cuenta con una tarifa plana de 60 euros durante los primeros 12 meses, los siguientes 6 meses con una reducción del 50% y otros 6 con una del 30%. De este beneficio solo se pueden beneficiar todos los nuevos autónomos y aquellos que en los últimos dos años no se hayan dado de alta como tal, o tres años si ya se ha disfrutado anteriormente de la bonificación.

Además, estas bonificaciones tienen mayor duración para las personas discapacitadas y las víctimas de violencia de género y terrorismo, para las que la tarifa plana de 60 euros se mantiene en 12 meses, pero los siguientes cuatro años cuentan con una bonificación del 50% de la cuota.

Cambio de la base de cotización

Los trabajadores autónomos pueden cambiar hasta en cuatro ocasiones su base de cotización dentro de cada año natural. Sin embargo, las solicitudes tendrán efecto cada trimestre. Es decir, quienes lo soliciten entre enero y marzo tendrán efecto a partir de abril; entre abril y junio, a partir de julio; entre julio y septiembre, a partir de octubre; y entre octubre y diciembre, a partir de enero.

Altas y bajas en el sistema de cotización del RETA

La afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es obligatoria y todo contribuyente deberá notificar el alta, hasta 60 días antes del inicio de actividad, y la baja, tres días naturales. Sobre esta cuestión, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo introdujo la posibilidad de cotizar solo por días de actividad. Es decir, quienes se den de alta como autónomos a mitad de mes no tendrán que pagar la cuota del mes completo, sino que tendrán efecto desde el día que la persona concurra.

Penalización por impago de la cuota

Penalización por el retraso del pago de la cuota de autónomo a la Seguridad Social. Los contribuyentes que ingresen fuera de plazo la cuota mensual tendrán un recargo del 20%, o del 10% si el importe se abona en el mes siguiente a la deuda. El pago de la cuota debe estar domiciliado, por lo que es importante que a final de mes la cuenta notificada cuente con fondos o, en caso de haber cambiado de cuenta, notificar a la Administración.

Deducciones fiscales

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo introdujo nuevas deducciones en el IRPF para los autónomos que trabajen desde casa. Estos podrán deducirse un 30% del IRPF de los gastos de suministro de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y hasta 27 euros diarios, o 48 en caso de trabajar en el extranjero, de los gastos de manutención incurridos para el desarrollo de la actividad.

Obligatoriedad de contratar una mutua

Desde enero de 2019, los autónomos deben acogerse a una mutua colaboradora de la Seguridad Social para cubrir las contingencias comunes y profesionales. Estas últimas, que incluyen accidente de trabajo o enfermedad profesional entre otros, hasta el año pasado era voluntario cubrirlas.

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