Cuidado con los plazos

Qué pasa si haces mal la Renta 2021: así la puedes modificar y evitarte las multas

Hacienda permite rectificaciones o una declaración de la renta complementaria, pero solo si se cumplen ciertos requisitos.

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Qué pasa si haces mal la Renta 2021: así la puedes modificar y evitarte las multas
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Este pasado miércoles, 6 de abril, dio el pistoletazo de salida la campaña de la declaración de la Renta 2021. Así, desde el citado día, hasta el próximo 30 de junio, todos los contribuyentes deberán rendir cuentas con Hacienda. Será obligatoria para aquellos que cumplan una serie de requisitos, que se refieren a los límites de ingresos de uno o dos pagadores. Aunque también es cierto que hay ocasiones en las que, pese a no cumplir con lo estipulado, sí que tiene ciertas ventajas presentar el borrador. 

Y, si bien es cierto que hablamos de un trámite anual, la Renta puede generar ciertos quebraderos de cabeza a los contribuyentes, sobre todo si se tienen más cosas que declarar: como un alquiler, la venta o la compra de una vivienda, una herencia, etc. Así las cosas, puede ocurrir que presentemos el borrador y, después, nos demos cuenta de que hemos cometido un error y queramos rectificarlo, con el fin, sobre todo, de evitar cualquier posible multa o una declaración paralela. O, también, porque hemos pasado por algo un gasto deducible y la declaración podría haber sido más satisfactoria para nuestro bolsillo. 

En estos supuestos, será imprescindible modificar la declaración a través de una de las opciones que nos ofrece la Agencia Tributaria: una rectificación o una declaración complementaria. Aunque ambas opciones son parecidas, será necesario escoger una u otra en función del resultado de la declaración.

Cómo modificar el borrador de la Renta

En la actualidad es posible modificar una declaración ya presentada a través de la web de la Agencia Tributaria. Tan solo bastará con acceder al portal Renta 2021 y, en el apartado "más trámites", seleccionar la opción de modificar una declaración ya presentada.

Una vez se acceda al propio expediente personal en la web de Hacienda, será necesario entrar, dentro de la pestaña de servicios disponibles, a la opción de modificar la declaración y acceder directamente a la declaración que habíamos presentado. Allí se abrirá un mensaje de Hacienda que nos preguntará si queremos hacer una rectificación o una declaración complementaria.

La diferencia entre ambas radica en el resultado de la declaración presentada. Si la declaración tiene errores u omisiones en los datos declarados, como declaración indebida de alguna renta exenta, cómputo de importes con cuantía superior a la debida u olvido de alguna reducción o deducción a la que teníamos derecho (es decir, en perjuicio del contribuyente), será necesario realizar una rectificación marcando la casilla 127. Si, por el contrario, estos errores han motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o de una devolución superior a la que nos correspondía (en perjuicio de Hacienda), el trámite deberá hacerse a través de la declaración complementaria, seleccionando la casilla 107.

Cuidado con los plazos

Sea cual sea el tipo de error cometido, conviene siempre subsanarlo lo antes posible para no tener problemas con Hacienda, ya que esta se reserva el plazo de cuatro años para la prescripción de deudas a contar desde el final de la campaña del IRPF correspondiente.

Sin embargo, en la mayoría de los casos, los errores que buscamos resolver con mayor celeridad son los que han perjudicado el resultado de nuestra declaración. Para presentar una rectificación, los plazos no se ciñen necesariamente al periodo que abarca la campaña de la renta, que este año termina  el próximo 30 de junio. Así, si queremos rectificar una declaración ya presentada, será fundamental que Hacienda no haya practicado liquidación definitiva o que no hayan transcurrido un máximo de cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación (o desde el día siguiente a la presentación si la declaración se presentó fuera de plazo).

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