Para evitar impagos

Reestructuración de la deuda: ¿en qué consiste y cuándo es recomendable?

Supone la cancelación de los contratos en vigor para formalizar otro nuevo con mejores condiciones para el deudor. Si tienes dificultades económicas, renegociar la deuda con tu banco puede aliviar tus finanzas mes a mes.

Dinero pendiente de deudas
Reestructuración de la deuda: ¿en qué consiste y cuándo es recomendable?
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La acumulación de deudas complica la planificación financiera y económica de los ciudadanos. Los expertos recomiendan que, en caso de verse superado por las deudas, se resuelvan estos pagos antes de aceptar otras operaciones de financiación. De esta forma, de evita pagar más intereses porque cuanto mayor el periodo de deuda más intereses se pagarán. Si te encuentras en esta situación, puedes estar planteándote una reestructuración de la deuda. ¿Es una buena idea? Despejamos todas las dudas.

Sin embargo, en ocasiones, las dificultades económicas sobrepasan y pueden llegar a provocar impagos. Esta debe ser una situación a evitar porque puede agravar las circunstancias ante la acumulación de intereses de demora o el registro en ficheros de morosos, entre otras consecuencias. Llegados a ese punto, el Banco de España (BdE) recomienda hablar con el banco: “es una actitud valiente y responsable con tus finanzas que puede evitarte más disgustos”.

Así, las entidades pueden ofrecer dos salidas. En primer lugar, una renegociación de las características de las operaciones en vigor y con las que el titular tiene dificultades -reducción de la cuota, incorporación de carencias, rebaja de tipos…-. Otra alternativa es la reestructuración de la deuda, que implica la cancelación de los contratos en vigor y formalización de otro u otros nuevos.

Posibles comisiones en la reestructuración de la deuda

Es decir, esta última opción supone el establecimiento de un nuevo plan de pagos que ofrece unas condiciones más favorables al deudor. Además, este plan de reestructuración debe comprender la completa deuda, que incluye el capital vencido, intereses de demora, comisiones por impago, gastos y costas.

Quienes optan por la reestructuración de la deuda deben tener en cuenta que la cancelación anticipada de los contratos puede conllevar algún tipo de penalización o comisión, pero en cualquier caso también eso deberá ser objeto de la nueva negociación con la entidad.

Deuda hipotecaria: ¿se puede reestructurar?

En el caso concreto de una deuda hipotecaria - con garantía hipotecaria sobre la vivienda-, según el Código de Buenas Prácticas, el banco no podrá exigir al cliente ponerse al día las cuotas pendientes, ya que estas cantidades constituyen "deuda hipotecaria" y también deben ser objeto de reestructuración. Además, el banco podrá reunificar el conjunto de las deudas del deudor —tarjeta, descubierto, préstamos o créditos personales—, si bien no está obligado a ello.

Para que se aplique la reestructuración en una deuda hipotecaria, deben reunirse tres requisitos: que el deudor se encuentre en el denominado “umbral de exclusión”, que el precio de adquisición de la vivienda cumpla con el límite impuesto y que, aunque se haya iniciado un procedimiento de ejecución hipotecaria, no se haya producido todavía el anuncio de la subasta.

El Banco de España recuerda que, si se cumplen estos requisitos, el banco deberá ofrecer un plan de reestructuración en el plazo de un mes desde la presentación de la solicitud junto con la documentación completa. El banco deberá cumplir con ello incluso pese a que alegue "pérdida de rango", que es el lugar que ocupa cada hipoteca en el Registro de la Propiedad y determina la prioridad de unos créditos frente a otros.

Sobre esta última cuestión, el BdE explica que "el banco podría perder el rango de su hipoteca al modificar las condiciones que supongan un aumento de la cifra de responsabilidad hipotecaria o la ampliación del plazo del préstamo por este aumento o ampliación". Solo se podría mantener el rango si los acreedores posteriores lo consintieran.

Las condiciones del nuevo plan de pagos dependerán de cuánto se haya incrementado el esfuerzo que representa la carga hipotecaria sobre la renta familiar y si concurre algún supuesto de especial vulnerabilidad. Pero, en todos los casos, la norma establece que, tras una reestructuración, se dejarán de aplicar las cláusulas suelo y si durante los diez años posteriores a la aprobación del plan se solicita la amortización anticipada del préstamo, no se cobrarán costes por compensación.

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