Últimos pasos antes de la aprobación

Los consejeros de las cotizadas solo podrán ser personas físicas y no jurídicas

  • El anteproyecto de ley que modifica la actual norma de Sociedades de capital llevará a cabo cambios importantes para las compañías del Ibex. 
La ministra de Economía, Nadia Calviño, logo KMPG / EFE
La ministra de Economía, Nadia Calviño, logo KMPG / EFE

Los consejos de administración del Ibex 35, el máximo índice español, tendrán que hacer cambios. El anteproyecto de ley por la que se modifica el texto de la Ley de Sociedades de Capital al que ha tenido acceso La Información no permitirá que los sillones del órgano principal de las cotizadas estén ocupados por personas jurídicas y solo podrán sentarse en ellos personas físicas. Todo ello está enmarcado en la transposición de la directiva de la UE sobre la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas. 

Esto obligará a varias de las firmas del selectivo español a cambiar a varios de los miembros de sus máximos órganos. En concreto, la documentación a la que ha tenido acceso este medio señala que "finalmente, se ha considerado oportuno aprovechar esta ley para introducir, al margen de la directiva, otras mejoras normativas en materia de gobierno corporativo y de funcionamiento de los mercados".

Precisamente la más importante de ellas es la modificación del primer apartado del artículo 529 bis. Hasta ahora este solo establecía la obligatoriedad de que "las sociedades cotizadas deberán ser administradas por un consejo de administración". A partir de la aprobación de esta nueva ley que el Ministerio de Economía está ultimando también se señalará que "los consejeros de las sociedades cotizadas deberán ser necesariamente personas físicas". 

El antiguo Ministerio de Economía y Empresa, actual vicepresidencia de Asuntos Económicos, justifica esta modificación por razones de "transparencia y buen gobierno corporativo", tal y como se señala en la exposición de motivos del citado anteproyecto. La configuración de los consejos de administración a partir exclusivamente de personas físicas ha sido también fomentada por la CNMV.

El organismo regulador considera que es fundamental que los miembros de los máximos órganos de gobierno de las entidades cotizadas estén claramente identificados con los intereses societarios de las compañías en las que participan. El hecho de que un administrador de una sociedad cotizada lo sea en representación de otra empresa o persona jurídica constituye un obstáculo en la propia labor del consejero en cuestión.

Informe de remuneraciones a disposición del auditor

Pero esta no será el único cambio que se incluya en la nueva ley como consecuencia de la transposición de la citada directiva comunitaria. También se modifica la Ley 22/2015, relacionada con la auditoría de cuentas a fin de incluir el informe anual de remuneraciones de los consejeros entre la información a comprobar por parte de los auditores encargados de verificar los estados contables de las empresas que contratan sus acciones en bolsa.

De igual manera, la normativa en ciernes modificará algunos preceptos de la Ley del Mercado de Valores (LMV) con el propósito de incorporar los reglamentos europeos a la regulación bursátil. Entre las disposiciones más trascendentales en este capítulo figura la adaptación de los límites mínimos establecidos en los folletos de las ofertas públicas de adquisición (OPAs), que ya se están aplicando, pero que es necesario salvaguardar para "garantizar la seguridad jurídica", tal y como se señala en el anteproyecto.

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