Novedades

¿Tengo derecho a pedir los nuevos permisos retribuidos laborables? Así son

Los nuevos permisos retribuidos laborales para facilitar la conciliación y el cuidado de familiares o convivientes entran en vigor este viernes, junto al permiso remunerado de quince días en caso de registro de pareja de hecho. 

Permisos retribuidos laborales
Permisos retribuidos laborales
Foto de Towfiqu barbhuiya / Pexels

Los nuevos permisos en España para facilitar la conciliación y el cuidado de familiares o convivientes entran en vigor este viernes, junto al permiso remunerado de quince días en caso de registro de pareja de hecho, como existe para los matrimonios. Estas medidas fueron incluidas por el Gobierno en el decreto anticrisis aprobado por el Consejo de Ministros el pasado martes.

Los permisos de conciliación estaban previstos en la ley de familias que diseñó el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y que no pudo tramitarse por la convocatoria electoral.

Según apunta el Gobierno en el decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este jueves, eran una exigencia de una directiva europea que se debía haber traspuesto antes de agosto del año pasado, por lo que se había recibido ya una carta de la Comisión Europea otorgando un nuevo plazo -que vencía en unos meses- y había riesgo de multa.

Así son los nuevos permisos retribuidos

El primero de los permisos retribuidos da derecho a ausentarse del trabajo hasta cuatro días al año por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

Habrá además cinco días de permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de la pareja, de parientes de hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad o de convivientes que necesiten cuidados.

La tercera medida es un permiso parental de ocho semanas que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años. Podrá usarse, por ejemplo, en los meses de verano o durante los procesos de adaptación en las escuelas infantiles en septiembre.

Con las nuevas normas, el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad será constitutivo de discriminación por razón de sexo.

Mostrar comentarios