Adif permitirá a Renfe y su competencia suspender sin multa el 10% de sus viajes

  • A partir del denominado 'margen de ajuste sin penalización', la administradora de la red impondría sanciones para las empresas. 
Adif renovará la vía de tren en el tramo Mérida-Aljucén de la línea Ciudad Real-Badajoz
Adif renovará la vía de tren en el tramo Mérida-Aljucén de la línea Ciudad Real-Badajoz

La liberalización ferroviaria está a la vuelta de la esquina y tras la publicación de la CNMC del informe sobre al Declaración de Capacidad de Red de Adif se van conociendo nuevos detalles de esta documentación. Pese a todas las medidas para garantizar el aprovechamiento máximo de la red, el gestor de infraestructuras permitirá a sus nuevos 'clientes' un margen del 10% en el cumplimiento de la prestación de servicio en los surcos antes de recibir una sanción. 

"Tanto la empresa ferroviaria como el administrador se comprometen a cumplir con los límites de capacidad marco con un margen del 10%", señala la declaración de Adif Alta Velocidad. Y es que la idea principal de Adif de cara a la apertura del mercado el próximo 14 de diciembre de 2020 es garantizar el servicio existente y evitar a toda costa que lo que se ha ganado durante estos años se pueda llegar a perder. 

Por ello, están previstas sanciones a los operadores que puedan incumplir la capacidad que decidan firmar en un momento inicial, también con la intención de que cualquiera de las empresas que opten a competir con Renfe no cojan más 'porción del pastel' de la que puedan llegar a operar con unos determinados estándares de calidad. 

"Prevé que el gestor de infraestructuras -Adif- imponga sanciones en caso de que la empresa ferroviaria no solicite, en el horario de servicio anual, la capacidad prometida en el acuerdo marco", confirma el reglamento sobre los procedimientos y criterios relativos a los acuerdos marco de adjudicación de capacidad de infraestructura ferroviaria. 

En cambio, estas sanciones tendrán un límite máximo que no deberá superar, según la documentación, "los costes, pérdidas directas y gastos (incluido el lucro cesante)", señala. En cambio, la cuantía exacta de las sanciones a las que se exponen los futuros competidores de Renfe y la propia empresa pública no están claros para la CNMC, que critica que el planteamiento resulta "confuso". 

Para explicar estas dudas, Competencia señala que Adif "no concreta si la sanción a la que se refiere es la modalidad A del canon", que supondría 1,92 euros por kilómetro y tren o a la "modalidad A de la adición" derivada de un uso ineficiente de la capacidad cuyo importe se elevaría hasta los 11,02 euros por tren y kilómetro. Sea como fuere, y según señala el denominado 'superregulador', ambos importes estarían por debajo del máximo establecido. 

Estas sanciones están concebidas para, como ya se ha señalado, evitar que ciertas empresas ferroviarias "tengan el objetivo de acaparar y bloquear la entrada en el mercado de otras empresas", señala. En cambio, hay otra vertiente posible que sería negativa para la competencia y que es precisamente por lo que se ha señalado un máximo. "Sanciones excesivamente elevadas podrían suponer una barrera de entrada que desincentive la petición de capacidad por empresas con un plan de negocio viable". 

También habrá sanciones para Adif, el gestor de las infraestructuras, en caso de que los incumplimientos se den por su parte. Según señala la CNMC, el incumplimiento de los compromisos de capacidad supone costes importantes para las empresas ferroviarias, tanto en términos de lucro cesante como de imagen, superando ampliamente los costes directos que señala el gestor en su propuesta. Por todo ello, considera que ambas sanciones -las de operadores y gestor de la infraestructura- deben ser "simétricas". 

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