Catalá cree que Arias Cañete no tenía "obligación de abstenerse" en la amnistía fiscal a la que luego se acogió su mujer

EUROPA PRESS

El ministro de Justicia en funciones, Rafael Catalá, ha considerado que el exministro Miguel Arias Cañete, actual comisario europeo de Energía, no tenía "obligación de abstención" en la aprobación de la amnistía fiscal, a la que posteriormente se acogió su mujer, porque "resulta inimaginable una abstención a priori por algo que sucede más tarde". "Ninguno de los miembros del Consejo de Ministros podía saber si alguien con vínculo familiar al cabo del tiempo iba a utilizar ese mecanismo", ha señalado.

En declaraciones a los medios en Bilbao, Catalá se ha pronunciado de este modo preguntado por las informaciones que apuntan a que Miguel Arias Cañete no se ausentó del Consejo de Ministros del 30 de marzo de 2012 en el que el Ejecutivo aprobó la amnistía fiscal a la que luego se acogió su mujer.

El ministro de Justicia en funciones ha explicado que "desde un punto de vista formal los miembros del Consejo de Ministros tienen deberes y obligaciones de abstenerse cuando tienen un conflicto de intereses" y, de hecho, "algunas veces se produce y consta así en las actas del Consejo". No obstante, ha añadido que "cuando se aprueba una norma y posteriormente surge el conflicto, es inimaginable pedir a alguien que pueda predecir el futuro".

Por lo tanto, "al margen de la actuación que tenga que llevar a cabo la Agencia Tributaria" porque "todos estamos sometidos a nuestras obligaciones tributarias y ante la ley no hay ninguna diferencia de trato", ha considerado que, "en el momento formal en que se aprobó un proyecto del gobierno en torno a una regularización fiscal, ninguno de los miembros del Consejo de Ministros podía saber si alguien con vínculo familiar al cabo del tiempo iba a utilizar ese mecanismo".

ABSTENCIÓN A PRIORI

A su entender, "desde el punto de vista formal resulta inimaginable una abstención a priori por algo que sucede más tarde". En este sentido, ha instado a "tener cuidado con no tratar de interpretar hechos acaecidos con un tiempo pasado como si hubiera habido una situación anterior a la norma que lo regula".

"No creo que haya una obligación de abstención respecto de un hecho que no ha sucedido todavía", ha concluido el ministro de Justicia en funciones.

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