JUSTICIA DESTACA QUE EL TEDH NO CUESTIONA QUE ATUTXA DEBIÓ OBEDECER A LOS JUECES ESPAÑOLES

El Ministerio de Justicia aseguró hoy que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no ha cuestionado que Juan María Atutxa, expresidente del Parlamento vasco, debió obedecer a la Justicia española cuando se le mandó en 2003 disolver el grupo de Sozialistak Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna.
Justicia, a través de un comunicado, apuntó que el TDEH, en la sentencia dada a conocer este martes, se ha pronunciado sobre “si era o no necesario celebrar una vista que incluyera la testifical de los acusados” cuando el Tribunal Supremo condenó a Atutxa en 2008 por desobediencia.
El departamento que dirige Rafael Catalá defendió que el tribunal europeo lo que ha valorado es si el Supremo debió dar audiencia al expresidente del Parlamento vasco para que su enjuiciamiento penal respetara “las garantías procesales de inmediación, publicidad y contradicción”.
Por el contrario, Justicia destacó que el TEDH no entra en la condena a Atutxa por desobediencia, ya que este tribunal “en múltiples ocasiones ha recordado la importancia que en un Estado de derecho tiene el cumplimiento de las sentencias dictadas por los tribunales”.
OÍR A LOS ABOGADOS
El Ministerio añadió que, dado que la condena a Atutxa por no disolver el grupo de SA se produjo en el Supremo tras su absolución inicial en el País Vasco, el procedimiento legal en España debería incluir “oír a los abogados de los acusados” también en este trámite de recurso.
Asimismo, Justicia apuntó que el adecuado cumplimiento de la sentencia europea “se produciría reponiendo a los acusados en la situación en la que se encontraban antes de la vulneración, omisión de su testimonio, pudiendo utilizar para ello el procedimiento de revisión del art 954.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
En cuanto a la indemnización, el TEDH concede 600 euros por costas del recurso de amparo a los demandantes y un euro a cada uno de ellos en concepto de daño moral.

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