EL JUEZ VELASCO MANTIENE EN PRISIÓN PROVISIONAL A GRANADOS PORQUE TIENE OCULTO DINERO QUE LE PERMITIRÍA FUGARSE

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha acordado prorrogar la prisión de Francisco Granados hasta un máximo de otros dos años, lo que alcanzaría el tope de cuatro años que prevé la ley para mantener a una persona en prisión preventiva.
En su auto el juez incluye todos los indicios recabados en la investigación contra el que fuera alcalde de Valdemoro y secretario general del PP en Madrid, para concluir que, además de los fondos en metálico localizados en Suiza al entorno de Granados, así como sus bienes incautados, Granados tiene efectivo en metálico, como quedó en evidencia al hallar un millón de euros ocultos en el interior de un armario de casa de sus suegros.
Según el juez, el investigado sigue disponiendo "de una manera oculta de una gran cantidad todavía elevada de dinero que esta investigación no ha sido capaz de decomisarle, que haría que, en caso de ser puesto en libertad, le permitiría fácilmente sustraerse a la acción de la justicia".
Para tomar esta decisión el juez ha tenido en cuenta también la falta de colaboración con la investigación y el "apoyo ideologizado" por parte de determinadas personas que incluso han destruido pruebas relacionadas con la trama 'Púnica'.
Cita en concreto documentos quemados o triturados en el Ayuntamiento de Valdemoro, una situación que podría todavía aumentarse con Granados en libertad, con una presión más directa y presencial por parte del investigado.
ACUERDO CON LA FISCALÍA
La Fiscalía había solicitado hoy al juez que prorrogara la prisión provisional para el ex 'número dos' del PP en la Comunidad de Madrid Francisco Granados, que se encuentra en la prisión de Estremera (Madrid) desde el 27 de octubre de 2014. Granados ha solicitado al magistrado volver a declarar para "concretar" aspectos de sus declaraciones anteriores.
En la vista que se ha celebrado este míércoles, tanto el Ministerio Público como el resto de acusaciones han solicitado que se le mantenga en prisión, mientras que su abogado ha pedido libertad para él.
El magistrado ha escuchado al exdirigente popular, que ha argumentado su arraigo y sus lazos familiares para convencerle de que no va a eludir la acción de la justicia, y lo ha hecho en primera persona tomando la palabra en la vista.
En su intervención, Granados explicó al juez que lo está pasando mal en prisión y que tiene "madre, hijos y familia" a los que se siente apegado y que no tiene intención de fugarse.
La ley establece en dos años el límite de la prisión provisional, aunque permite que esa situación se prorrogue por dos años más atendiendo a la gravedad de los delitos.
A su salida de la vista celebrada en la Audiencia Nacional su abogado, Carlos García de Ceca, ha anunciado que Granados está interesado en volver a prestar declaración para "concretar" algunos aspectos de la investigación.
No ha querido explicitar si esta nueva declaración, pendiente de que el juez Velasco fije fecha, significa un cambio en la estrategia de defensa de Granados, que hasta ahora se ha negado a colaborar con la justicia.
A juicio del letrado, "no hay argumentos para mantenerlo en prisión" y, en cambio, hay "elementos objetivos" para que se le conceda la libertad provisional.
Aunque no adelantó nada sobre la declaración que ha solicitado al juez por mandato de Granados, el abogado dijo que su comparecencia ahora "es oportuna" para "concretar" aspectos de la investigación.
LO QUE DICE LA LEY
El artículo 505 de la Ley de Enjuicimiento Criminal establece en dos años el tope de la prisión provisional, siempre que los delitos que se atribuyan al investigado estén castigados con penas superiores a los tres años de prisión.
En su artículo 504.2, la norma contempla que una vez cumplido ese plazo, el juez instructor puede acordar “una sola prórroga de hasta dos años” si aprecia que sigue existiendo riesgo de fuga, capacidad para la destrucción de pruebas o posibilidad de reincidencia.
Granados solicitó anteriormente su libertad en julio pasado, alegando que tiene “arraigo” en el país al ser “ciudadano español” y que tenía escasas posibilidades de destruir pruebas o de incurrir en delitos similares por ser “poco probable” que ocupara de nuevo un “puesto como funcionario público”.

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