LA JUEZ DE LOS ORDENADORES DE BÁRCENAS RECHAZA LA RECUSACIÓN PRESENTADA POR EL PP

- Dice no saber si los populares la consideran "extraordinariamente inteligente" o "instrumento en manos de mentes privilegiadas, seguramente masculinas". La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Rosa María Freire, ha dictado un auto en el que rechaza a trámite los incidentes de recusación presentados por el Partido Popular y el informático José Manuel Moreno en el marco de la investigación del caso conocido como ‘ordenadores de Bárcenas’.
La juez Freire procesó el pasado mes de julio al Partido Popular, a su tesorera Carmen Navarro, al responsable de informática José Manuel Moreno y al abogado de la formación Alberto Durán por el borrado de los discos duros del extesorero del PP Luis Bárcenas.
La magistrada rechaza así la petición del partido dirigido por Mariano Rajoy que la acusa de ser un "eficaz instrumento de la acción política" del PSOE a la vista de su relación con el exparlamentario del PSOE Álvaro Cuesta, “con quien coincide regularmente en eventos y ponencias”.
En el auto la magistrada responde a esta acusación afirmando que "desconoce si esto significa a ojos del recusante que soy extraordinariamente inteligente o que, por el contrario, soy un instrumento en manos de mentes privilegiadas, seguramente masculinas".
Indica que no es momento de “negar la existencia de vinculación alguna ni evidente ni profunda con el vocal del CGPJ, señor Cuesta. En todo caso rechaza la acusación de haber sido propuesta por él para sustituir al juez de instrucción número tres. Según dice una comisión de servicios de tres meses es una “aspiración modesta” para un juez y en todo caso, hay que “solicitarla”, no es fruto de ninguna propuesta y se apoya en “los méritos de su trayectoria profesional”.
La magistrada rechaza también el argumento esgrimido por el PP de que no tuvo conocimiento de la relación de la juez y Cuesta por las tertulias televisivas, porque eso “sería tanto como dejar en manos del señor Eduardo Inda” la capacidad de decidir una recusación. Además, señala que en ningún momento del proceso, el PP puso de manifiesto que estuviera recibiendo “un trato inadecuado, sesgado o parcial”, sino que mostraron una “cortesía procesal muy destacable y apreciada” por la instructora.
Finalmente, indica que, tal y como fue publicado en prensa, el PP no se planteó la recusación hasta que la juez acordó el procesamiento. “Fue, sin duda, el auto de 26 de julio, notificado a las partes ese mismo día, en el que se desestimó su petición de sobreseimiento, y se acordó abrir la fase intermedia contra él por un delito de daños informáticos, lo que le determinó a presentar la recusación en base a informaciones de las que ya disponía, y que no hubiera hecho valer de ser otro el sentido de la resolución”.

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