LAS QUEJAS AL DEFENSOR DEL PUEBLO POR MALOS TRATOS POLICIALES SE REDUJERON EN 2016

Las quejas al Defensor del Pueblo por malos tratos policiales se redujeron en 2016, según refleja esta institución en el último informe anual que ha publicado en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

El Defensor tramitó en 2016 8 quejas por presuntos malos tratos policiales, frente a las 12 del año anterior. En cambio, aumentaron las quejas por "trato incorrecto", de 45 en 2015 a 64 en 2016.
Entre las quejas por malos tratos, el informe refiere la de un ciudadano de nacionalidad marroquí y solicitante de protección internacional en la ciudad de Ceuta, que asegura que fue abordado por varios agentes de la Policía Nacional, uno de los cuales le agredió en la cara y le conminó a irse de la zona de ocio nocturno por la cual deambulaba.
En parecidos términos, fue objeto de actuación por el Defensor una queja formulada por un ciudadano marroquí que manifestó que durante su detención por la Policía Nacional de Fuengirola (Málaga), fue maltratado y sufrió la fractura de un brazo. Pero posteriormente el juez condenó a esa persona por agresión a la autoridad policial.
En otra actuación llevada a cabo en esta materia, se denunciaba la aparente agresión de un funcionario de la Policía Nacional del control de pasaportes de la T4 Satélite del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas a una mujer embarazada, que denunció haber sido empujada y tirada al suelo por el citado funcionario.
La Dirección General de la Policía informó haber investigado los hechos denunciados por la propia afectada, así como haber visionado las cámaras de videovigilancia de la citada terminal, de las que no parecía desprenderse que la caída se hubiera producido como consecuencia de ningún empujón, lo que fue igualmente refrendado por la declaración de otros funcionarios policiales allí presentes. Si bien se encontraba en trámite un juicio por delitos leves tras la denuncia formulada por la afectada, hasta la fecha de elaboración del informe por el Defensor no había ningún agente investigado por los hechos denunciados.
En otro supuesto, un ciudadano extranjero denunció que fue golpeado por varios policías nacionales en la frontera de El Tarajal (Ceuta). Tras realizar actuaciones ante la Dirección de la Policía y constatar que de los hechos entendía el Juzgado de Instrucción número 4 de Ceuta, se comunicó al interesado que esta institución no puede interferir en los procedimientos judiciales, ni revisar las resoluciones que en ellos se dictan.
RESISTENCIA DE LA AUTORIDAD
En cuanto a las quejas por trato incorrecto, el Defensor manifiesta que el análisis de estos casos por trato irregular, incorrecto o degradante hacia los ciudadanos “revela la resistencia de los órganos competentes en materia disciplinaria para practicar informaciones reservadas o instruir procedimientos sancionadores cuando los ciudadanos denuncian conductas policiales susceptibles de ser sancionadas, remitiéndolos frecuentemente a hacer uso del libro de quejas y sugerencias, al no existir formularios para denunciar estas infracciones”.
“Ello contradice el criterio de esta institución, que insta a que el ciudadano dé traslado de la queja al órgano competente para incoar un procedimiento disciplinario, según el procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Con base en esta argumentación se ha formulado a la Dirección General de Policía una Recomendación con el fin de que se dicten las instrucciones oportunas para que se incoen procedimientos sancionadores o informaciones reservadas cuando un ciudadano denuncie este tipo de conductas”.
En cuanto a los centros penitenciarios (CP), el número de quejas recibidas por presuntos malos tratos en prisión fue de 35 en 2016, tres menos que en 2015. Sobre este asunto, el Defensor lamenta que no haya un sistema de registro de quejas por malos tratos, en el que se registre la información que de este tipo de hechos pudiera recibirse por cualquier vía, por lo que el asunto sigue en trámite. También critica que en muchas ocasiones, los internos no dispongan de acceso a las fuentes de prueba (por ejemplo, copia del parte de lesiones).
También advierte de que continúa pendiente de regulación la captación, grabación, transmisión, conservación, almacenamiento y extracción de imágenes de los sistemas de videovigilancia correspondientes a los centros penitenciarios. “Se ha insistido en que, a la mayor brevedad posible, se proceda a dicha regulación, en la que se evite la limitación total del derecho de acceso de las personas privadas de libertad a tal material, y al contenido de las grabaciones de estos sistemas”.
El Defensor realizó el año pasado 101 visitas a lugares de privación de libertad y efectuó 352 resoluciones (12 recomendaciones, 336 sugerencias y 4 recordatorios de deberes legales), de las que 88% de las contestadas han sido aceptadas.
Este número de inspecciones supone un aumento considerable sobre el realizado en 2015 (62). Se incrementaron las visitas de seguimiento para comprobar el cumplimiento de las recomendaciones realizadas en las anteriores e identificar si existen deficiencias.
El Defensor inspeccionó centros situados en toda España. Se visitaron cuarteles de la Guardia Civil, comisarías del Cuerpo Nacional de la Policía, de la Policía Local, de la Policía Autonómica, calabozos de edificios judiciales, salas de inadmitidos y de solicitantes de asilo en puestos fronterizos, centros de internamiento de extranjeros, centros penitenciarios, centros para menores infractores, centros sociosanitarios, unidades de custodia hospitalaria y se supervisaron traslados de extranjeros.

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