Según informa la corporación, el Tribunal Supremo entiende que en este caso existe el denominado "interés casacional", requisito imprescindible para que el recurso sea admisible, dado que se "suscitan dudas" en la interpretación y aplicación de algunas de las causas de denegación de la información pública reguladas en la Ley de transparencia.
Por ello, considera que es necesario analizarlas y establecer jurisprudencia acerca de lo que debe considerarse "acción previa de reelaboración" de la información y sobre el alcance del "perjuicio para los intereses económicos y comerciales" de la entidad pública a la que aquella se solicita.
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