El TUE avala la autorización que permite comerciar en la UE productos con soja transgénica de Monsanto

EUROPA PRESS
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El Ejecutivo comunitario autorizó en 2012 la comercialización de productos que contengan que se hayan producido a partir soja genéticamente modificada de Monsanto, basándose en un dictamen favorable de la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA por sus siglas en inglés).

Posteriormente, tres organizaciones no gubernamentales alemanas solicitaron a Bruselas que revisara su decisión. En concreto, criticaban que la Comisión hubiese declarado que la soja modificada es sustancialmente equivalente a la convencional y que no habían sido suficientemente evaluados los riesgos toxicológicos e inmunológicos.

No obstante, el Ejecutivo comunitario denegó estas solicitudes por considerarlas infundadas, por lo que las organizaciones reclamaron a la justicia europea que anulase la decisión de la solicitud que rechaza revisar la autorización.

En su sentencia, el Tribunal General ha desestimado el recurso formulado por las tres organizaciones y ha confirmado la resolución por la que Bruselas denegó la solicitud de revisión de la autorización de comercialización por considerarla infundada.

La justicia europea ha determinado que las razones de los demandantes "no han sido suficientes para invalidar las conclusiones" de la Comisión Europea. En este sentido, aduce que "no han logrado demostrar que la Comisión haya incumplido su obligación de garantizar, por un lado, que se efectuó una adecuada evaluación del riesgo al más alto nivel posible y, por otro, que Monsanto facilitó la información pertinente.

En concreto, apunta que no existen diferencias sustanciales entre la soja modificada genéticamente y la soja convencional. También ha concluido que se evaluaron correctamente los potenciales efectos toxicológicos, así como que "es improbable que las nuevas proteínas de la soja modificada genéticamente provoquen alergias en los niños de corta edad".

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