Amaiur interpelará al gobierno sobre el fin de la dispersión de presos etarras


Mikel Errekondo, portavoz de Amaiur en el Congreso de los Diputados, valoró de forma "muy negativa" la decisión del Tribunal Constitucional de no aplicar la doctrina Parot con liquidaciones de condenas firmes y anunció la presentación de una interpelación urgente al Gobierno para saber cuando piensa poner fin a la dispersión de presos etarras.

A su juicio, esta decisión demuestra "el escaso nivel de la democracia del Estado español" y constituye una actuación "extremadamente grave" del Alto Tribunal.
Errekondo insistió en que "contradice la línea de actuación y el criterio jurídico que el Tribunal Constitucional" había adoptado hasta la entrada en vigor de la doctrina Parot, en cuanto al cumplimiento de penas.
Cuando "del País Vasco se trata", dijo el diputado de Amaiur, "el poder jurídico se pone en manos del poder político" y por eso, este grupo pide al Gobierno que liquide la política de dispersión de presos y atienda las peticiones de las instancias internacionales y de distintas fuerzas políticas vascas.
"Queremos hacer ver al señor Rajoy que no puede hacer oidos sordos a las demandas de la sociedad vasca, que ya no puede escudarse en la cobertura de los medios reaccionarios españoles y que es hora de que dé pasos para cumplir la voluntad de la sociedad vasca", insistió.
Amaiur, anunció, acudirá "en masa" a la conovocatoria del próximo sábado, día 14, en Bilbao para reclamar el fin de las medidas excepcionales para los presos vascos.
El etarra José María Pérez Díaz salió de la prisión de Burgos el pasado 30 de marzo, después de que la Audiencia Nacional ejecutara la sentencia del Tribunal Constitucional que amparaba su recurso de excarcelación.
Pérez Díaz fue uno de los tres etarras beneficiados por la medida, mientras que otros 24 tendrán que cumplir condenas efectivas de 30 años en aplicación de la doctrina Parot. Diez días después de aquella decisión, el Constitucional notificó ayer la sentencia del etarra, que contó con la unanimidad de los 11 miembros del alto tribunal. El fallo establece que no se puede prolongar la prisión de un recluso cuando el licenciamiento definitivo ya es firme, porque vulnera el derecho a la "intangibilidad de las resoluciones judiciales".
El Constitucional, por lo tanto, anula la aplicación de la doctrina Parot a Pérez Díaz y recuerda que el principio de seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva "impiden a los jueces y tribunales (...) revisar el juicio efectuado en un caso concreto, incluso si entendieran con posterioridad que la decisión no se ajusta a la legalidad".
El etarra fue condenado en 1989 a 197 años de prisión por la colocación de una bomba tres años antes en Zarautz contra un vehículo de la Guardia Civil cuya explosión mató a un agente.
El 19 de noviembre de 2008, la Audiencia Nacional dictó una providencia aprobando el licenciamiento definitivo del recluso para el 15 de diciembre de ese año, sin que ninguna de las partes recurriera la resolución, que por lo tanto adquirió firmeza.
Sin embargo, al día siguiente la prisión de Burgos preguntó al tribunal si tenía que aplicar la doctrina Parot, establecida en 2006 por el Tribunal Supremo y que obliga a descontar los beneficios penitenciarios del total de la condena y no del máximo de cumplimiento efectivo, fijado en 30 años de cárcel.
El tribunal, con el apoyo de la Fiscalía, aplicó entonces esa doctrina y retrasó la fecha de excarcelación del preso etarra hasta el 16 de noviembre de 2017, cuando Pérez Díaz cumpliría 30 años en prisión.
Ahora, el Constitucional ha corregido esa decisión y concluye que "se ha modificado una resolución firme, sin mediar recurso legal, por lo que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente, al haberse lesionado el derecho a la intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes".

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