(ampliación) el constitucional suspende la ley que permitía a cataluña convocar referendos


El Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso interpuesto por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero contra la ley de consultas populares de Cataluña, una norma que permitiría a esa comunidad autónoma convocar referendos sobre "cuestiones de especial trascendencia política" y que ahora ha sido suspendida cautelarmente.
Los magistrados del Constitucional, reunidos en pleno y encabezados por su nuevo presidente, Pascual Sala, han admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad a través de una providencia dictada este jueves, según informaron desde el tribunal.
La admisión a trámite del recurso del Gobierno conlleva la suspensión de la norma recurrida en virtud el artículo 161.2 de la Constitución. Esta norma establece que cuando el Gobierno central impugna una resolución de un órgano autonómico ante el Tribunal Constitucional, la decisión impugnada queda en suspenso.
“Se produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados”, señala la providencia. El Constitucional deberá ratificar o levantar la suspensión cautelar de la norma en un plazo no superior a cinco meses.
La Generalitat aprobó el 31 de marzo de 2010 esta ley de consultas populares. El Gobierno socialista alegó en su recurso que es el Estado el que tiene competencia exclusiva en la regulación y convocatoria de referendos.
Además de admitir a trámite el recurso, el Constitucional ha ordenado dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Generalitat y al Parlamento de Cataluña. Estos organismos tienen un plazo de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.
La admisión a trámite del recurso deberá ser publicada en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat catalana.

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