Discapacidad. El impulsor del recurso de amparo contra la sentencia del supremo sobre acceso a empleo público está "esperanzado"


Pedro Landeira, artífice de que la Oficina del Defensor del Pueblo haya decidido interponer recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de febrero de 2015, que afecta al acceso al empleo público de las personas con discapacidad, se muestra "orgulloso y esperanzado".
"Estoy muy orgulloso de no haberme rendido y también esperanzado" de que el Constitucional resuelva a favor de las personas con discapacidad, declaró este jueves a Servimedia Landeira, licenciado en Derecho con una discapacidad física del 53%.
Landeira se presentó en 2007 a unas oposiciones del Cuerpo Administrativo de la Xunta de Galicia y suspendió "injustamente" el último examen, "porque no hubo separación entre el turno de aspirantes con discapacidad y el libre".
Ante este hecho, explica, comenzó "una cadena de reclamaciones" que llegará al Constitucional gracias a la mediación del Defensor del Pueblo, que anunció este miércoles que interpondrá recurso de amparo, y del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), que fue quien llevó el caso ante la oficina que dirige Soledad Becerril.
El afectado, que es miembro del Consejo Asesor de las Personas con Discapacidad de la Xunta de Galicia y del sindicato CSI-F, considera que no es lo mismo que sea el Defensor del Pueblo quien recurra ante el Constitucional a que lo haga un particular y manifiesta que por eso se siente "esperanzado".
Porque, explica, desde que se reformó la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en 2007, los requisitos para que se admitan recursos de amparo se han endurecido y el porcentaje de casos que lo logran ronda solo el 3 por ciento.
Por otra parte, el abogado señaló también que el hecho de que la Oficina del Defensor no haya presentado ningún recurso de amparo desde 1990 da idea "de la gravedad del asunto".
Lo que el departamento de Becerril llevará ante el Constitucional es la sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2015, que, a su vez, desestimó el recurso de casación 3.521/2013, interpuesto contra la sentencia de 17 de julio de 2013 del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Tanto Landeira como el Cermi entienden que el Supremo hace una interpretación "restrictiva" del artículo 3.3 del Real Decreto 2.271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad y se dirigieron por ello al Defensor del Pueblo.
La oficina que dirige Soledad Becerril anunció que interpondrá el recurso de amparo que solicita el Cermi porque considera que la sentencia del Supremo "no protege suficientemente a las personas con discapacidad en su derecho de acceso al empleo público, pues realiza una interpretación restrictiva de los requisitos por los que se accede desde el turno especial de discapacidad".

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