Madrid, 20 jun.- El Tribunal Supremo ha considerado legal el precepto de la llamada Ley Sinde que atribuye a un órgano administrativo la facultad de retirar contenidos y suspender servicios de páginas web.
La Ley Sinde, un decreto que la exministra de Cultura socialista Ángeles Sinde firmó en 2011, otorgó ese poder a una Comisión administrativa y la Asociación de Internautas recurrió exigiendo que se anulara esa disposición, porque consideraban que la Constitución atribuye únicamente a los jueces tal capacidad.
El Supremo ha respondido hoy en una sentencia que la libertad de expresión no impide "crear un órgano administrativo, diseñar el correspondiente procedimiento y adoptar una serie de medidas para restablecer la legalidad de la red, siempre que se respeten las garantías constitucional y legalmente establecidas".
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