El Tribunal Supremo dice que para que exista cohecho basta con que un cargo acepte un regalo

  • Madrid.- El Tribunal Supremo justifica su decisión de que se siga investigando la parte del "caso Gürtel" que afecta al presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, diciendo que para que haya delito de cohecho pasivo impropio basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración al cargo.

El Supremo dice que basta con aceptar un regalo para que un cargo público cometa cohecho
El Supremo dice que basta con aceptar un regalo para que un cargo público cometa cohecho

Madrid.- El Tribunal Supremo justifica su decisión de que se siga investigando la parte del "caso Gürtel" que afecta al presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, diciendo que para que haya delito de cohecho pasivo impropio basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración al cargo.

Así lo indica la Sala de lo Penal del TS en la sentencia, cuyo fallo se conoció el pasado día 12, en la que ordena al Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJCV) que siga investigando a Camps y a otros altos cargos de la Administración y el PP valenciano por recibir regalos de la "trama Gürtel".

El TS devuelve las actuaciones al magistrado instructor, José Flors, para que continúe su tramitación contra Camps; el ex secretario general del PP valenciano, Ricardo Costa; el ex vicepresidente del gobierno valenciano Víctor Campos; y el ex jefe de gabinete de la consellería de Turismo Rafael Betoret.

Todos ellos aceptaron supuestamente prendas de vestir abonadas por Orange Market, una de las empresas de la trama dirigida por Francisco Correa.

Respecto a Costa, el TS indica que no es una alternativa irrazonable la acogida por el TSJCV que sea su cargo en el PP lo que consideraron los donantes y no su condición de diputado, por lo que "el sobreseimiento no tendría que ser en principio descartable, si bien el provisional", aunque señala que tendrá que ser Flors el que decida al respecto.

El TS estima el recurso del Ministerio Fiscal y el del PSPV-PSOE contra el auto del TSJCV que archivó esta causa al estimar que no había relación entre los "agasajos" que pudieron recibir y la adjudicación de contratos públicos a Orange Market.

Al respecto, el Supremo, que ya adelantó el fallo de esta sentencia el pasado 12 de mayo, indica que la jurisprudencia del Alto Tribunal "no abona la relación causal defendida por la Sala de lo Civil y Penal (del TSJCV), sino más bien al contrario".

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