El TS rebaja de 6 a 4 años condena por colocar artefacto que no estalló

  • El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de seis a cuatro años de cárcel la pena impuesta por la Audiencia Nacional a tres jóvenes condenados por colocar en 2009 un artefacto explosivo en una entidad bancaria de Bilbao que no llegó a estallar.

Madrid, 23 may.- El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de seis a cuatro años de cárcel la pena impuesta por la Audiencia Nacional a tres jóvenes condenados por colocar en 2009 un artefacto explosivo en una entidad bancaria de Bilbao que no llegó a estallar.

La Sala de lo Penal del TS considera que la imposición de dicha pena a los procesados -Alberto Marín Etxebarria, Alexander Gorka Bustindui y Gaizka Andoni Astorkiza- es más proporcionada por las "pocas posibilidades de que el artefacto produjera los efectos esperados", ya que se trataba de un artilugio "toscamente confeccionado" que "difícilmente" podría explotar.

Sin embargo, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano, admite que "no puede negarse que -el artefacto- constituía un peligro frente a potenciales usuarios del cajero bancario".

Por lo demás, confirma los hechos declarados probados por la Audiencia Nacional, cuya sentencia señaló que el 26 de febrero de 2009 los procesados fabricaron un cóctel molotov con un petardo y cuatro botes de spray en respuesta al arresto el día anterior en Francia del presunto etarra Álex Akarregi.

El tribunal estimó acreditado que Bustindui trasladó en su vehículo a sus compañeros hasta una sucursal de la Caja Laboral Popular de Deusto (Bilbao), donde Marín pasó a vigilar mientras Astorkizaga -que llevaba la cara oculta- depositaba el artefacto que encendió con una colilla, tras lo que se dieron a la fuga.

No obstante, la Audiencia les absolvió de pertenecer a la organización ilegalizada Segi.

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