El TSJ eleva al Supremo la investigación sobre el presidente cántabro

  • El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha acordado elevar al Tribunal Supremo las investigaciones en relación a la estancia del presidente regional, Ignacio Diego, y el consejero de Obras Públicas, Francisco Rodríguez, en un balneario asturiano pagada por la empresa Aquagest.

Santander, 26 dic.- El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha acordado elevar al Tribunal Supremo las investigaciones en relación a la estancia del presidente regional, Ignacio Diego, y el consejero de Obras Públicas, Francisco Rodríguez, en un balneario asturiano pagada por la empresa Aquagest.

En un auto dictado este martes pero hecho público hoy, el TSJC señala que debe agruparse la investigación en un solo procedimiento y considera que el competente es el Supremo, porque los hechos ocurrieron fuera de Cantabria.

La causa había llegado al TSJC remitida desde el Juzgado de Instrucción número 3 de Avilés, que investiga a esta empresa por posible delito de tráfico de influencias y entendía que el tribunal cántabro eran quien debía investigar los hechos en lo que respecta a Diego y Rodríguez, al ser aforados.

Pero al mismo tiempo, el Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, que instruye las investigaciones en relación a la denominada Operación Pokemon -que incluye, entre otras empresas, a Aquagest-, remitió estos mismos hechos al Supremo.

Ahora, la Sala de lo Civil y Penal del TSJ cántabro, previa consulta a la Fiscalía, considera que es el Alto Tribunal el que debe hacerse cargo de la investigación.

Según se explica en el auto, los hechos ocurrieron en agosto de 2010, cuando Diego y Rodríguez eran diputados de la oposición y tenían, igual que ahora, la condición de aforados, lo que conllevaría que la investigación la realice el Tribunal Superior de Justicia.

Pero la magistrada Paz Hidalgo, que fue designada para estudiar la providencia remitida por el Juzgado de Avilés, matiza que en este caso los hechos investigados se refieren a un supuesto delito de cohecho que se habría cometido fuera de Cantabria y, por tanto, la competencia reside en el Tribunal Supremo.

Así, remite al Estatuto de Autonomía de Cantabria, que establece que "la decisión sobre la inculpación, prisión, procesamiento y juicio" del presidente de la comunidad y los demás miembros del Gobierno en relación a presuntos actos delictivos compete al TSJC si se hubieran cometido en la región y al Supremo si ocurrieran fuera.

Además, destaca que existe una "identidad" entre los hechos remitidos desde el Juzgado de Lugo al Supremo y los elevados desde el de Avilés al TSJ cántabro, y requiere su resolución "en un mismo procedimiento".

Por todo ello, eleva una exposición razonada al Alto Tribunal para que declare su competencia para hacerse cargo de las diligencias.

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