Eta. El juez ruz rechaza proceder contra eguiguren por colaboración con eta y enaltecimiento del terrorismo


El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha rechazado abrir una causa contra el presidente del PSE, Jesús Eguiguren, por presuntos delitos de enaltecimiento del terrorismo y colaboración con banda armada por sus declaraciones sobre Batasuna y el etarra "Josu Ternera", al entender que en ellas el dirigente socialista sólo expreso “un ánimo de ver colmadas sus legítimas esperanzas relativas al fin del terrorismo de ETA”.
El magistrado desestima a través de un auto la querella interpuesta contra Eguiguren por la asociación de víctimas Voces contra el Terrorismo, dirigida por Francisco José Alcaraz, al concluir que el presidente de los socialistas vascos no cometió delito alguno con sus declaraciones.
Ruz asegura que es “evidente” que las palabras del dirigente socialista “quedan enmarcadas en el ejercicio de los derechos fundamentales a la libertad de expresión y a la libertad ideológica” y señala, recurriendo a los argumentos esgrimidos por la Fiscalía, que “no se pueden criminalizar las posiciones de diálogo”.
El juez rechaza además la querella por falta de competencia, ya que el encausamiento de Eguiguren, como diputado del Parlamento Vasco y, por lo tanto, aforado autonómico, correspondería al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y no a la Audiencia Nacional.
La querella de la asociación presidida por Francisco José Alcaraz se basa en las declaraciones realizadas por Eguiguren en el programa “Salvados”, de laSexta, en las que reconoció haber comido en diversas ocasiones con el etarra José Antonio Urrutikoetxea Bengoetxea, "Josu Ternera".
El escrito destacaba que Ternera es “un asesino que está prófugo de la justicia” y sobre el que pesan varias órdenes internacionales de busca y captura y aseguraba que el presidente de los socialistas vascos estaba obligado a informar a las fuerzas de seguridad sobre el paradero del histórico etarra.
CRÍTICAS A ALCARAZ
El magistrado concluye que Eguiguren no cometió ningún delito con sus declaraciones, ni de enaltecimiento ni de colaboración con banda armada. “En ningún momento se advierte en los alegatos del querellado, ni siquiera de forma tangencial, involuntaria o inconsciente, una motivación o ánimo de enaltecimiento o justificación de los delitos de terrorismo”, indica el auto dictado este martes.
Además, el juez de la Audiencia Nacional no aprecia en las declaraciones del dirigente socialista “acción alguna encaminada a favorecer las actividades propias de la organización terrorista ETA".
El magistrado censura asimismo el proceder de la asociación de Alcaraz y destaca que frente a las declaraciones de Eguiguren “resulta perfectamente legítima la discrepancia o crítica, mas no su instrumentalización a través del proceso penal”.
El auto del magistrado de la Audiencia Nacional señala además que el escrito incurre en un defecto formal y “no puede ser tenido formalmente como querella” porque el poder notarial presentado por el procurador de Voces contra el Terrorismo para interponer la querella de fecha anterior a los hechos.

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