Garzón estará inhabilitado como juez hasta el 3 de abril de 2022

  • El Tribunal Supremo (TS) ha fijado hasta el 3 de abril de 2022 el tiempo que permanecerá inhabilitado como juez Baltasar Garzón después de haber sido condenado a once años de inhabilitación por ordenar intervenir las comunicaciones en prisión entre varios de los imputados en el "caso Gürtel" y sus abogados.

Madrid, 28 may.- El Tribunal Supremo (TS) ha fijado hasta el 3 de abril de 2022 el tiempo que permanecerá inhabilitado como juez Baltasar Garzón después de haber sido condenado a once años de inhabilitación por ordenar intervenir las comunicaciones en prisión entre varios de los imputados en el "caso Gürtel" y sus abogados.

En un auto fechado el pasado día 16, el alto tribunal ratifica así la liquidación de condena del ex magistrado de la Audiencia Nacional, condenado por el TS a 11 años de inhabilitación y al pago de una multa de 2.520 euros por los delitos de prevaricación y violación de garantías constitucionales.

En la resolución, el TS realiza la liquidación de condena después de haber constatado el ingreso del importe de la multa impuesta al juez, cuya inhabilitación, según los cálculos del tribunal, concluirá el 3 de abril de 2022.

El pasado 9 de febrero el Supremo condenó a Garzón al considerar que, al ordenar la grabación de las conversaciones que el cabecilla de la trama "Gürtel", Francisco Correa, y su número dos, Pablo Crespo, mantuvieron con sus abogados en la cárcel de Soto del Real, adoptó una resolución injusta y restringió el derecho de defensa de los imputados en prisión "sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable".

Dicha condena a 11 años de inhabilitación supuso la "perdida definitiva" de la condición de juez del hasta entonces titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

Poco después, el 23 de marzo, el Supremo desestimó el incidente de nulidad interpuesto por Garzón y rechazó anular la condena, tras lo que el 9 de mayo pasado el juez recurrió ante el Tribunal Constitucional (TC), al estimar que la sentencia es "gravísimamente inconstitucional", ya que fue condenado por un delito que no existe en las leyes españolas, puesto que la cuestión de las escuchas está pendiente de una ley que las regule.

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