La Audiencia Nacional rechaza la ponencia que apoya reabrir la causa sobre la represión en el Tíbet

  • Madrid.- El pleno de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha rechazado la ponencia del magistrado José Ricardo de Prada que abogaba porque el tribunal reabriera la causa que ha investigado a ocho responsables del Gobierno chino por su actuación en los disturbios acaecidos en el Tíbet en marzo de 2008.

La Audiencia Nacional rechaza la ponencia que apoya reabrir la causa sobre la represión en el Tíbet
La Audiencia Nacional rechaza la ponencia que apoya reabrir la causa sobre la represión en el Tíbet

Madrid.- El pleno de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha rechazado la ponencia del magistrado José Ricardo de Prada que abogaba porque el tribunal reabriera la causa que ha investigado a ocho responsables del Gobierno chino por su actuación en los disturbios acaecidos en el Tíbet en marzo de 2008.

Fuentes jurídicas han explicado que la nueva ponente de la resolución será la magistrada Carmen Paloma González y que el pleno se reunirá el próximo lunes para seguir deliberando sobre el recurso presentado por el Comité de Apoyo al Tíbet, la Fundación Privada Casa del Tíbet y Tubten Wahghen Sherpa Sherpa contra el archivo decretado por el juez instructor Santiago Pedraz el pasado febrero.

Las mismas fuentes han recalcado que los magistrados tendrán que "dirimir" en su reunión si el previsible archivo de la causa será provisional o definitivo.

Pedraz acordó el archivo después de la aprobación de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que limitó la aplicación del principio de jurisdicción universal a los casos en que existan víctimas españolas, los responsables del delito se encuentren en España o cuando exista algún vínculo de conexión relevante con nuestro país.

Entendió por tanto el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional que no era competencia de la jurisdicción española la instrucción de estos hechos, puesto que, aunque la querella se presentó con anterioridad a que dicha reforma entrara en vigor -el 5 de noviembre de 2009- y no afectaba a la fase de instrucción, sí afectaría al posterior enjuiciamiento.

Además, según el auto de archivo dictado por Pedraz, la Audiencia Nacional tiene competencia exclusiva para conocer de los delitos de lesa humanidad, por lo que no existe la posibilidad de desviar la competencia hacia otro tribunal ni tampoco de ceder la jurisdicción "al no existir tratado al efecto".

Tres días antes de comenzar los Juegos Olímpicos de Pekín (el 5 de agosto de 2008), Pedraz admitió a trámite la querella contra los ocho imputados como presuntos autores de un delito de lesa humanidad por dirigir desde el 10 de marzo de ese año un ataque "generalizado y sistemático contra la población tibetana".

Un año después, en julio, China pidió al Gobierno español el archivo definitivo de la investigación después de que el magistrado cursara una comisión rogatoria para interrogar a tres ministros chinos imputados: el de Defensa, Lian Guanglie; el de Seguridad del Estado, Geng Huichang, y el de Seguridad Pública, Meg Jianzhu.

Además, la investigación también afectaba a otros cinco altos cargos del Gobierno chino: el secretario del Partido Comunista Chino en la región autónoma del Tíbet, Zhang Qingli; el miembro del Politburó en Pekín Wang Lequan, el líder de la Comisión de Asuntos Étnicos, Li Dezhu; el comandante del Ejército de Liberación Popular de Lhasa, el general Tong Guishan, y el comisario político del comando militar de Chengdu, el general Zhan Guihua.

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