La juez avala que Oriol Pujol pueda salir de la cárcel pese a no tener el tercer grado

Oriol Pujol
Oriol Pujol
Europa Press

La titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 2 de Barcelona ha aprobado el acuerdo de la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Brians 1, en Sant Esteve Sesrovires (Barcelona), por el que el exdiputado de CiU en el Parlament Oriol Pujol, condenado a dos años y medio de prisión por el caso ITV, puede salir diariamente a trabajar y ejercer un voluntariado social, pese a no tener el tercer grado.

Según ha informado este viernes el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la resolución desestima el recurso de la Fiscalía que se oponía a este régimen, y confirma la flexibilización del sistema de clasificación aprobado por la Junta de Tratamiento del centro penitenciario.

La juez considera que aplicar un régimen flexible es un mecanismo para favorecer el proceso de inserción social y laboral, y que "no puede obviarse que concurren en el penado circunstancias positivas, tales como su primariedad delictiva, asunción de los hechos y el reconocimiento público de los mismos".

La jueza argumenta que estas condiciones no eran suficientes para confirmar la clasificación inicial de tercer grado, que fue revocada por este juzgado, pero "sí pueden ser tenidas en consideración a los efectos del cumplimiento de la pena impuesta en régimen de segundo grado mediante otros mecanismos legales que favorezcan la continuación del proceso de inserción social, familiar y laboral".

Programa sobre valores 

La revocación se debió también al corto periodo del programa de tratamiento realizado por Pujol, si bien ahora la juez resalta que esto se ha corregido al concluir el programa 'Moral y Valores', habiendo logrado el penado los objetivos marcados "de forma plenamente satisfactoria, mostrando un alto grado de arrepentimiento y reprobación ante el hecho delictivo". El juzgado resalta que no se han detectado incumplimientos en los horarios de salida, y que se observa "el cumplimiento de la normativa institucional y de los objetivos de su plan individual de tratamiento".

La propuesta de ejecución para Pujol prevé unos horarios con salidas de lunes a viernes de 8.00 a 21.00 horas, incluyendo una hora y media diaria de desplazamientos por las diferentes ubicaciones de las empresas donde hace de agente comercial, y los viernes y sábados de mañanas para realizar tareas sociales.

Para la jueza, se justifica la combinación de los dos regímenes por la necesidad de dar continuidad tanto a la actividad laboral como a la de voluntariado social que ha llevado a cabo Pujol, y cuya ejecución "resultaría imposible sin la medida propuesta; constituyendo ambos extremos los ejes de su programa individual de tratamiento".

La Fiscalía se opuso 

La Fiscalía se había opuesto en un escrito remitido al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 2 a este régimen para Pujol porque suponía, a sus ojos, "un tercer grado encubierto", pese a que el juzgado se lo había revocado. En el escrito, la Fiscalía criticó que la aplicación del artículo 100.2 debe tener un "carácter excepcional, y lo único excepcional que concurre en el presente supuesto es que el interno es hijo del expresidente de la Generalitat". Contra la decisión del Juzgado puede interponerse recurso de reforma o de apelación, según precisa en su auto la jueza María José González.

También cita otros aspectos positivos como el bajo riesgo de reincidencia, la adaptación de su conducta a la normativa regimental, así como "el diagnóstico social positivo y su integración socio familiar, ostentando en la actualidad un empleo como agente comercial en diferentes empresas".

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