Psoe y pp incorporan más trabas para batasuna en la reforma de la loreg


El Grupo Parlamentario Socialista y el Popular en el Congreso de los Diputados acordaron hoy incorporar al dictámen de la ponencia que estudia la modificación de Ley Orgánica de la Reforma Electoral General (LOREG) una enmienda pactada entre ambos grupos para evitar que Batasuna esté presente en los comicios del próximo año, según informaron fuentes parlamentarias.
Según las mismas fuentes, éste es el único punto que se ha acordado en la reunión encargada de informar de la citada proposición de ley y a la que no asistió la líder de UPyD, Rosa Díez, que, junto con IU, ha hecho de esta reforma una de sus banderas.
La enmienda que pretende reformar la Loreg pactada por el PSOE y el PP permite la expulsión de las instituciones de los electos en agrupaciones electorales que posteriormente se declaren vinculadas a Batasuna, como ya está previsto para los de partidos políticos y coaliciones.
El acuerdo, firmado hace 10 días por el vicepresidente primero del Gobierno y ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el responsable de Justicia del PP, Federico Trillo, se incorporó hoy por la Ponencia del Congreso que estudia la reforma.
Esta regulación permitirá la suspensión cautelar de la proclamación de los electos que se hayan presentado en listas de agrupaciones de electores.
La enmienda supondrá la modificación de seis artículos de la Loreg y de dos de la Ley de Partidos, a través de una disposición adicional, puesto que esta norma no era de aplicación a las agrupaciones de electores.
Cuando se apruebe el próximo jueves en el Pleno de la Cámara Baja, la Fiscalía y la Abogacía del Estado podrán instar al Tribunal Supremo, "en cualquier momento del mandato electoral", a declarar la vinculación con un partido político ilegalizado de las agrupaciones en cuyas candidaturas se presentaron dichos electos.
EL SUPREMO
En concreto, esta modificación implica que el Supremo, además de estar capacitado para declarar la disolución de un partido político, también podrá establecer la existencia o no de vinculación con el partido político ilegalizado de las candidaturas presentadas por las agrupaciones de electores.
Los electos que se encuentren en esa situación serán expulsados de sus cargos en quince días salvo que hagan voluntariamente "una declaración expresa e indubitada de separación y rechazo respecto de las causas determinantes de la declaración de ilegalidad" del partido al que se hubiere declarado vinculada la agrupación de electores.
Por tanto, la enmienda amplía la nueva causa de incompatibilidad sobrevenida para el ejercicio de sus cargos a todos los electos en listas que finalmente el Supremo declare sucesoras o vinculadas a partidos ilegalizados, sin importar si se trata de partidos, coaliciones o federaciones o agrupaciones de electores.
La reforma permitirá también actuar contra estas personas antes de que tomen posesión de sus cargos, en el periodo que transcurre entre las elecciones y la proclamación de electos.
Para ello, se faculta a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado a solicitar la "suspensión cautelar" de la proclamación de los electos que hubieran concurrido en candidaturas de agrupaciones de electores "que pudieran estar vinculadas" a un partido declarado ilegal o contra el que se haya presentado una demanda de ilegalización.
En este caso, el Tribunal Supremo tendrá dos días para decidir si permite o no la proclamación de esos electos.
Las conclusiones de la Ponencia sobre la Loreg tendrán que ser debatidas en la reunión Comisión Constitucional prevista el 15 de diciembre y votadas en el Pleno del Congreso de los Diputados que tendrá lugar el día siguiente.

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