Renfe, condenada a pagar la incapacidad temporal conforme a convenio

  • La Audiencia Nacional ha condenado a Renfe a incluir los complementos y retribuciones variables en el cálculo de lo que sus trabajadores deben percibir durante los periodos de incapacidad temporal, tal y como se acordó en el convenio colectivo de la compañía vigente en la actualidad.

Madrid, 18 oct.- La Audiencia Nacional ha condenado a Renfe a incluir los complementos y retribuciones variables en el cálculo de lo que sus trabajadores deben percibir durante los periodos de incapacidad temporal, tal y como se acordó en el convenio colectivo de la compañía vigente en la actualidad.

En su sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la sala de lo social da la razón a los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT frente a la pretensión de la empresa de aplicar en esos casos lo dispuesto por el real decreto 20/2012, aprobado el 13 de julio de ese año y que dispone que para ese cálculo solo se tendrán en cuenta las retribuciones "fijas e invariables".

La norma choca con lo establecido en el convenio suscrito unos meses después -el 21 de diciembre de 2012- y vigente para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2014, pero el tribunal recuerda que esa cuestión ya fue abordada durante la negociación del mismo.

"Las partes negociadoras del convenio, conscientes de la vigencia del RD 20/2012, debatieron expresamente sobre su posible colisión con la normativa laboral de Renfe, que fue aceptada finalmente", dice la sentencia, que añade que el convenio "recibió la autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas".

Los magistrados señalan que el convenio "ha pasado todos los filtros legales y no ha sido impugnado, por lo que hemos de presumir su legalidad" y aplicar lo que dispone el Estatuto de los Trabajadores en caso de conflicto entre dos normas: aplicar lo más favorable para el trabajador.

La sentencia dice también que Renfe no ha acreditado que la aplicación del cómputo contemplado en el convenio supere "los límites presupuestarios establecidos por el RD 20/2012", por lo que debe prevalecer la aplicación del convenio.

Fuentes de Renfe han señalado a Efe que estudiarán la sentencia y las posibles medidas, mientras que UGT ha señalado en un comunicado que, aunque la resolución es recurrible, debe ser ejecutada, por lo que la empresa tiene que "regularizar de forma inmediata los perjuicios ocasionados a sus trabajadores".

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