TS ve el jueves el recurso contra la exclusión del cohecho en el caso Fabra

  • La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo comienza el jueves a estudiar el recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión de la Audiencia de Castellón de excluir el delito de cohecho en el denominado "caso Fabra", contra el expresidente provincial del PP de Castellón Carlos Fabra.

Madrid, 3 feb.- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo comienza el jueves a estudiar el recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión de la Audiencia de Castellón de excluir el delito de cohecho en el denominado "caso Fabra", contra el expresidente provincial del PP de Castellón Carlos Fabra.

Aunque en un principio se anunció que se celebraría una vista pública en el Supremo para ver este asunto, fuentes del Alto Tribunal han informado de que finalmente la deliberación del recurso se hará a puerta cerrada.

La Fiscalía pretende que sea revocada la decisión de la sección segunda de la Audiencia de Castellón por la que se estimó un recurso de Fabra y se descartó el delito de cohecho en esta causa.

Esta circunstancia motivó que el pasado 22 de mayo la Audiencia de Castellón anunciara la devolución al Juzgado de Instrucción número 1 de Nules de la causa sobre el expresidente de la Diputación de Castellón y entonces líder del PP en esa provincia porque no se consideraba competente para juzgarlo.

El juzgado de Nules había remitido el caso a la Audiencia para que procediera a la apertura del juicio oral, pero ésta concluyó que sin el delito de cohecho "el caso le corresponde a un juzgado de lo penal, no a una sala de la Audiencia".

En enero del pasado año, el juzgado de Instrucción número 1 de Nules acordó finalmente la apertura del juicio oral contra Carlos Fabra y le impuso una fianza de 4,2 millones de euros para hacer frente a la responsabilidad civil por supuestos delitos de cohecho, tráfico de influencias y contra la hacienda pública.

Fabra recurrió en apelación por entender que no debía ser imputado por cohecho, y la sección segunda de la Audiencia lo estimó el pasado 4 de mayo, manteniendo, no obstante, que podría haber existido tráfico de influencias.

El Juzgado número 1 de Nules, que ha tenido nueve titulares en los últimos ocho años, dio por concluida a principios de 2012 la instrucción de esta investigación, abierta en diciembre de 2003 tras dos querellas presentadas contra Fabra por el empresario Vicente Vilar, titular de Naranjax, una mercantil de productos fitosanitarios.

Naranjax tenía pendientes de aprobación varios productos por parte de los Ministerios de Agricultura y de Sanidad, y Vilar trató de contactar con Fabra a través de sus respectivas esposas, Monserrat Vives y Amparo Fernández, que eran amigas.

Según esa resolución, existen indicios de que Fabra medió con las autoridades y funcionarios públicos para agilizar la tramitación y obtención de las autorizaciones haciendo valer su condición de presidente de la Diputación.

La denuncia que originó estas diligencias fue presentada en diciembre de 2003 por Vilar y, a raíz de la misma, Hacienda denunció a Fabra por supuestas irregularidades en la declaración de la renta de 1999, tras lo cual el juez ordenó investigar sus cuentas desde ese año hasta 2004.

Fabra y su mujer, durante los ejercicios fiscales entre 1999 y 2004, obtuvieron ingresos que ocultaron a la Hacienda Pública y que no se correspondían con el patrimonio ni con la renta por ellos declarados, según ese auto, que señala además que las cantidades defraudadas en ese periodo suman más de 880.000 euros por parte del expresidente y más de 580.000 por parte de su esposa.

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