TSJC reconoce a cuatro familias el derecho a ser escolarizados en castellano

  • El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho de cuatro familias a que sus hijos sean escolarizados con el castellano como lengua vehicular en la enseñanza, en la misma proporción que el catalán.

Barcelona, 31 may.- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho de cuatro familias a que sus hijos sean escolarizados con el castellano como lengua vehicular en la enseñanza, en la misma proporción que el catalán.

En cuatro sentencias, la sección quinta de la sala de lo contencioso del TSJC ha estimado parcialmente los recursos presentados por cuatro familias que solicitaron a sus escuelas respectivas que la enseñanza de sus hijos se impartiera en su lengua habitual, el castellano.

El TSJC considera que, en tanto que oficiales, el castellano y el catalán deben ser por igual lenguas vehiculares en el sistema educativo de Cataluña, por lo que la administración tiene que adoptar las medidas necesarias para garantizarlo, y basa su decisión en las recientes sentencias dictadas por el Tribunal Supremo (TS) sobre la materia.

Esta misma sección del TSJC fue la que el pasado año, en relación con el recurso presentada por otras tres familias, dictó un auto en el que daba un ultimátum de dos meses a la Generalitat para implantar el castellano como lengua vehicular en las escuelas, que fue suspendido posteriormente al ser impugnado por la administración.

Esa decisión de la sección quinta fue corregida después por el pleno de la sala contenciosa del TSJC, que en un auto dictado el pasado mes de marzo avaló la inmersión lingüística pero reconociendo el derecho de los alumnos a recibir atención individualizada en castellano.

En el fallo notificado hoy, la sección quinta del contencioso insta a la administración catalana a adaptar su sistema de enseñanza "a la nueva situación creada por la declaración del Tribunal Constitucional en la sentencia del Estatut, que considera también el castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto al catalán".

El tribunal se remite a varias sentencias del Supremo sobre el catalán en las aulas para concluir que las familias recurrentes tienen derecho a recibir, "juntamente con sus compañeros, una enseñanza conjunta en las dos lenguas oficiales, de forma proporcionada y sin desequilibrio entre ellas".

Sin embargo, ese principio, matiza el tribunal, se refiere sólo a los recurrentes y "en absoluto alcanza a otros padres, alumnos y centros radicados en Cataluña".

"En este sentido, y tal como señalan las sentencias del Tribunal Supremo, habrá de estimarse esta pretensión y reconocer su situación jurídica individualizada con la adopción de las medidas adecuadas para el pleno restablecimiento de la misma (...)", añade la sentencia.

El fallo reconoce también el derecho de los recurrentes a que todas las comunicaciones, circulares y documentación que les sean dirigidas por el centro escolar estén escritas también en castellano.

El Tribunal Supremo está pendiente de resolver el recurso que Convivencia Cívica Catalana presentó contra el auto del pasado mes de marzo, en que el pleno del TSJC avaló la inmersión lingüística pero pidió a la Generalitat que garantizara la escolarización individual de los alumnos que reclaman el castellano como lengua vehicular.

En opinión del pleno, un pronunciamiento general sobre el uso del castellano como lengua vehicular en la educación, como el que hizo la sección quinta del contencioso, "es algo que excede en mucho de lo que es la función propia de este órgano jurisdiccional, actuando como mero ejecutor del fallo dictado por otro tribunal, y superior".

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