Un jurado popular absolvió a Camps y a Costa de recibir regalos de la Gürtel

  • Un jurado popular dictaminó hace casi 14 meses que Francisco Camps y Ricardo Costa eran inocentes al entender, tras veintiséis sesiones de juicio, que no cometieron el delito continuado de cohecho impropio que les imputó la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular por aceptar regalos de la trama Gürtel.

Valencia, 21 mar.- Un jurado popular dictaminó hace casi 14 meses que Francisco Camps y Ricardo Costa eran inocentes al entender, tras veintiséis sesiones de juicio, que no cometieron el delito continuado de cohecho impropio que les imputó la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular por aceptar regalos de la trama Gürtel.

Según se ha conocido hoy, el Tribunal Supremo revisará el próximo 9 de abril esa absolución a partir del recurso de casación que presentó el PSPV-PSOE.

El proceso que llevó a Camps y a Costa al banquillo de los acusados, y que obligó al primero a dimitir como president de la Generalitat en julio de 2011 y al segundo a ser relevado como "número dos" del partido y como portavoz del PP en Les Corts Valencianes, fue uno de los más mediáticos de los celebrados en España contra políticos por supuestos casos de corrupción.

El 25 de enero de 2012, el jurado del llamado "juicio de los trajes" emitió un veredicto tras dos días de deliberación que declaraba "no culpables" al expresident y al ex secretario regional del PP valenciano, con una mayoría de cinco votos a favor y cuatro en contra.

El veredicto del juicio a Camps y Costa hizo que el magistrado presidente Juan Climent -ahora jubilado- absolviera inmediatamente a los procesados en un pronunciamiento que plasmó días después por escrito.

De los veintiún puntos que conformaban el objeto del veredicto, el jurado consideró probados ocho favorables a Camps y Costa, y señaló como no probados diez contrarios a ellos, también por una mayoría de cinco a cuatro en ambos casos.

El tribunal popular creyó que no existía ningún documento legal para desacreditar que ellos mismos pagaron las prendas que adquirieron en las tiendas de Milano y Forever Young.

Además, calificaba su relación con los supuestos cabecillas de la trama Gürtel -Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez "el Bigotes"- como "meramente comercial".

El jurado -constituido por primera vez en España para juzgar a un aforado- afirmaba que el conocido "documento 71", una relación de nombres asociados a diferentes importes, entre los que figuraban los acusados, no tiene "credibilidad" alguna, y además, los documentos de pago emitidos por las tiendas no se pueden vincular a los acusados.

Asimismo, y aunque el delito por el que se les juzgó no preveía este supuesto, la mayoría de los miembros del tribunal consideró que ni Camps ni Costa tenían competencia alguna en la adjudicación de contratos públicos, tal y como suscribieron los funcionarios que declararon como testigos en la vista oral.

El 22 de marzo de 2012, la acusación popular en la "causa de los trajes" del caso Gürtel, ejercida por el PSPV-PSOE, recurrió al Tribunal Supremo la sentencia absolutoria de Camps y Costa al entender que la decisión del jurado tiene "contradicciones" que revelan "el sinsentido del veredicto en su conjunto".

El recurso de casación interpuesto por quebrantamiento de forma, vulneración de precepto constitucional e infracción de ley pedía la anulación de la sentencia del TSJCV y que se dictara "otra más ajustada a derecho, con condena de los acusados".

Los socialistas argumentaban en el recurso, de 109 folios, que el jurado "se fragmentó por cinco votos a cuatro y votaron en bloque de modo que todos los hechos desfavorables se declararon no probados por cinco y todos los favorables se declararon probados también por cinco, sin atender realmente a su contenido, sino a su fervor por no probar los desfavorables y declarar probados los favorables".

Una decisión de esta naturaleza es, para el PSPV, "ajena a la racionalidad" y a la "coherencia", una manera de proceder "profundamente contradictoria", "todo un sinsentido", y "en el fondo laten razones espurias".

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