La comunidad, en alerta 

Valencia restringe hasta diciembre el aforo en terrazas, locales y restaurantes

El Govern valenciano recoge en una resolución presentada por la Conselleria de Sanitat este viernes, y prevén también limitar el número máximo de personas en ceremonias religiosas y espacios públicos. 

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Valencia restringe hasta diciembre el aforo en terrazas, locales y restaurantes.
EFE/Marcial Guillén

La Generalitat valenciana ha restringido a un tercio el aforo en locales comerciales minoristas e interior de espacios de restauración y ha limitado el aforo de terrazas y espacios culturales al 50%. Así lo establece la resolución publicada por la Conselleria de Sanitat este viernes en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, que además deja sin efecto las restricciones en las localidades más afectadas que se decretaron la semana pasada.

El texto, que estará en vigor desde la medianoche de este sábado hasta el 9 de diciembre a las 23.59 horas, también limita a un máximo de 25 personas al aire libre y 15 en espacio cerrado las ceremonias religiosas y velatorios y no permite autorizar ningún tipo de "evento o actividad multitudinaria". Las medias llegan junto con otro decreto que confina perimetralmente los municipios de Elda y Petrer durante 14 días. 

Ambos municipios se considerarán un único núcleo poblacional -son colindantes- y por tanto, sí se podrá transitar entre ellos pero no salir. La medida entrará en vigor este sábado a las 00.00 horas. Además, el DOGV publica una resolución de la Conselleria de Sanitat por la que quedan sin efecto las restricciones aplicadas la semana pasada a estos dos municipios, pero que impone nuevas medidas en toda la Comunitat Valenciana.

Ambos municipios tienen una incidencia acumulada en los últimos 14 días de más de 800 casos por cada 100.000 habitantes: 881,83 en Elda y 834,40 en Petrer. En las últimas dos semanas se han detectado 464 contagios en Elda y 286 en Petrer. Contra este decreto se podrá interponer recurso contencioso en conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

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