Consecuencias de la pandemia

Un juez concede la incapacidad absoluta a un trabajador por las secuelas de la Covid

El desarrollo de la enfermedad ha sido tan contundente que, tras varios ingresos hospitalarios, sufrió una neumonía y una miopatía de enfermo crítico, según recoge la sentencia. 

Un juez concede una incapacidad absoluta a un trabajador por las secuelas del Covid
Un juez concede una incapacidad absoluta a un trabajador por las secuelas del Covid
Europa Press

Las secuelas de la Covid han pasado factura a varios ciudadanos para desempeñar su trabajo. El Juzgado de lo Social número 14 de Madrid ha abierto la veda y ha concedido una incapacidad absoluta a un trabajador dedicado al sector de la construcción que quedó impedido para cualquier tipo de tarea laboral tras sufrir Covid y unas secuelas muy perjudiciales para su salud y su vida diaria.

Así lo aseguraba el juez en una sentencia, en la que el magistrado estima la demanda en materia de seguridad social interpuesta por el afectado, a través del despacho Parrado Asesores, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social. De esta manera, el juez le concede al trabajador una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora. 

No obstante, el desarrollo de la enfermedad ha sido tan contundente que, tras varios ingresos hospitalarios, sufrió una neumonía y una miopatía de enfermo crítico; pasando de cumplir con tareas de ferralla en obras de construcción de edificios, a no poder desplazarse más de 100 metros sin ayuda, ni realizar trabajos de disposición sedentaria o estar prolongados periodos en determinadas posturas.

Incapacidad del 100% por el Covid

Los expertos en Derecho Laboral del Despacho de Abogados Parrado Asesores -según recoge Europa Press- han ratificado su petición de Incapacidad Absoluta, ya que el estado de salud del afectado "no dejaba opción a cualquier otra tarea profesional que pudiera ser desarrollada con un mínimo de eficacia y rendimiento".

"Además, el factor más importante ha sido la designación de la base de cotización para establecer la pensión vitalicia que acompaña a esta incapacidad permanente, siendo del 100%, cuando se valoró asignar el 75% de forma subsidiaria; o el 55% como pedía la Seguridad Social", comentan desde el despacho.

A este respecto, la sentencia es clara, ya que incluso apela "a la responsabilidad" del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social, con "una persona que, aportando una gran trayectoria y peso al mercado laboral, no va a poder realizar ya ninguna tarea que satisfaga las necesidades de cualquier empresa o cometido".

Recibirá una pensión vitalicia

Por otra parte, desde el despacho insisten en que la sentencia recalca que la situación clínica "está más que consolidada" debido a que no observan ninguna mejora tal y como indican os sanitarios, "sin que exista pronóstico de mejoría", y revela la imposibilidad real del actor de poder realizar incluso trabajos sedentarios, confirman desde el despacho.

"Esas dificultades para realizar los cambios posturales con agilidad durante la jornada laboral, revela la imposibilidad de desarrollar de un modo eficaz, continuado y con rendimiento, cualquier actividad laboral que se le encomiende, por sedentaria que ésta sea", recalca.

La concesión de la pensión vitalicia por esta Incapacidad Permanente Absoluta, con el 100% de su base de cotización, tendrá además carácter retroactivo, en función de las fechas de los informes médicos de los especialistas y de los registros de la demanda.

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