Opinión 

La nueva Ley de Cambio Climático: un hito o una oportunidad perdida

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La nueva Ley de Cambio Climático: un hito o una oportunidad perdida. 
Agencia EFE

Siempre me ha preocupado que el consenso entre los partidos políticos acabe siendo la causa para una pérdida de ambición en las iniciativas legislativas. La Ley de Cambio Climático y Transición Energética (LCCyTE), que se ha aprobado hoy en el Congreso, responde a una necesidad y a un compromiso de casi todos los grupos políticos que consideran necesario modificar nuestros comportamientos socioeconómicos en favor de la sostenibilidad y para luchar contra la pandemia del cambio climático. La ONU estableció, en 2015, 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para trabajar en favor de la sostenibilidad que, desgraciadamente, suelen estar más presentes en el colorido pin que llevan la mayoría de nuestros políticos en la solapa de sus chaquetas que en sus comportamientos y propuestas reales.

La LCCyTE ve la luz como una iniciativa necesaria y deseada, que ha ido sufriendo numerosos y continuos retrasos y que inició su andadura parlamentaria en mayo del año pasado. Si analizamos los más de diez meses que ha tardado su tramitación y los cambios que se han producido en el anteproyecto, la conclusión que podemos sacar es que el esfuerzo de los diferentes grupos parlamentarios con la presentación de 758 enmiendas parciales y las comparecencias en la comisión creada al efecto, en la que tuve el honor de participar, no han supuesto un avance en el contenido de su articulado ni han introducido cambios significativos. Podríamos decir que la posición del Ejecutivo ha predominado frente a las diferentes sensibilidades, incluidas las de sus socios de gobierno, que han manifestado, con posterioridad, que les hubiera gustado disponer de una ley mucho más ambiciosa.

Respecto al alcance de la ley, nuestra satisfacción se centra más en el hecho de disponer, por fin, de una Ley de lucha contra el Cambio Climático que en que supere el mínimo de expectativas que habíamos puesto en ella. Es verdad que a la ley recién aprobada hay que reconocerle la asunción de los objetivos energéticos que se incorporaron en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) enviado a la Comisión Europea (CE). En él se fijaban como objetivos a 2030, una contribución de las renovables en la cobertura de la demanda final del 42%, que incluía un 74% de la generación de electricidad con fuentes renovables o una mejora de la eficiencia del 39,5%, siendo ambos objetivos más ambiciosos que los fijados por la CE. De manera similar, también reconocer los compromisos adquiridos en digitalización, en el establecimiento de prohibiciones a la minería de uranio y a las prospecciones petrolíferas, aunque con limitaciones respecto a las ya en curso.

Pero, la noticia de su aprobación y el traslado de los objetivos energéticos del PNIEC a la ley no pueden eclipsar la realidad de que esta ley nace con poca ambición, tanto en los objetivos de reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) como en el alcance de su contenido, o en la no existencia de un mandato o compromiso de reformar el marco jurídico actualmente existente. Este marco ha sido el causante de que España tenga un importante retraso en el cumplimiento de los compromisos medioambientales adquiridos de reducción de emisiones, en su dependencia energética externa o, incluso, en el escaso peso que tiene la electricidad en nuestro modelo de cobertura de las necesidades energéticas.

La ley establece un objetivo de reducción de emisiones del 23% con respecto a 1990, por lo que se han ganado 3 puntos en el proceso de tramitación de la ley (desde el 20% previo) o, mejor dicho, hemos igualado, por no decir subordinado, la ley al PNIEC. Este valor contrasta con el fijado por la CE de reducir las emisiones un 55% para 2030, siendo difícilmente comprensible que España, teniendo unos objetivos energéticos tan ambiciosos, alcance resultados de reducción de emisiones tan pobres. Durante el periodo de tramitación parlamentaria de la ley, la CE incrementó el objetivo de reducción de emisiones del 40% al 55% como reflejo de la realidad tecnológica, de la demanda social y de la oportunidad económica. Pues bien, este impulso no se ha reflejado en los objetivos de nuestra ley, a pesar de la petición constante de la ciudadanía. Es verdad que España lleva un retraso estructural en la reducción de emisiones, pero esto no puede ser la consecuencia de la falta de ambición. Tampoco vale decir que existe el compromiso de revisión en 2023. Mal nace la ley cuando ya se está anunciando la necesidad o la oportunidad de su adaptación.

A la falta de ambición de los objetivos de reducción de emisiones hay que añadir el corto alcance en el contenido de temas cruciales para nuestro crecimiento socioeconómico como son: el desarrollo urbano, teniendo en cuenta que en España más del 80% de la población vive en municipios de más de 10.000 habitantes; el desarrollo energético rural y sus nuevas posibilidades; la necesaria apuesta por la electrificación de la demanda, llave para la introducción de las renovables y para la mejora de la calidad del aire en nuestras ciudades; la rehabilitación energética de edificios, que solo se significa como la necesidad de uso de materiales de forma sostenible; la fijación y la apuesta por el autoconsumo energético; la protección del consumidor, avanzar en la ordenación del territorio para que se puedan incorporar nuevas líneas de actividad y se prohíban las no deseables o la puesta en marcha, de una vez, de una política fiscal activa acorde con nuestras necesidades y posibilidades. De hecho, el concepto de fiscalidad, como instrumento de modificación de la oferta y de la demanda, no aparece en el texto de la ley.

Personalmente, creo que una ley como esta debería actuar de paraguas para una reforma legal profunda que regule nuestro modelo de relación en el futuro, incluyendo el calendario de un mandato al Gobierno para que presente iniciativas legislativas que permitan adaptar nuestro marco jurídico a la realidad, a las necesidades y oportunidades que tenemos. La ley, por su entrada antes del reparto de los Next Generation EU, debería haber marcado el camino para disponer de líneas de actuación claras que ahora no tenemos.

Hemos perdido una gran oportunidad para que, de acuerdo con nuestras capacidades y necesidades, podamos aprovechar las numerosas posibilidades que la realidad tecnológica e industrial nos brinda en el presente y nos brindará en el futuro. España podría, por recursos, por historia e, incluso, por el empuje ideológico actualmente existente en los distintos grupos políticos, liderar en Europa la lucha contra el cambio climático, pero esta ley nos devuelve a la realidad de que seguimos estando en el furgón de cola.

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