Opinión

Palos y zanahorias fiscales

Agencia Tributaria
Imagen de archivo de una oficina de la Agencia Tributaria.
EFE

Uno de los principios fundamentales de cualquier sistema tributario es la estabilidad, una característica indispensable para que pueda ser previsible y brinde seguridad jurídica. Esta estabilidad debe afectar tanto a las normas que rigen los diferentes impuestos como a las que regulan su aplicación por la Administración tributaria. Sin embargo, y en este contexto, la opinión unánime de los expertos es que precisamente esa falta de estabilidad es uno de los principales defectos de los que adolece nuestro sistema tributario.

Interesante y enriquecedor sería aprender de los errores cometidos, y nada mejor que utilizar como ejemplo de lo que no debería haber pasado la amnistía fiscal decretada en 2012, y a la que los Inspectores de Hacienda nos opusimos frontalmente por considerar que una medida como esa era "éticamente impresentable" y deslegitimaba el estado de Derecho. Esa amnistía fiscal sirvió al Gobierno de turno como "zanahoria" para obtener parte de lo defraudado, aunque solo se pagara el 3% en lugar del 10% que inicialmente se había previsto. En contraposición se aprobó el Modelo 720, que en este caso sirvió como el "palo" que Hacienda utilizó para atizar a determinados contribuyentes que no declararan los bienes que tenían en el extranjero. No olvidemos que ambas medidas acabaron en los tribunales, habiéndose anulado la "zanahoria" por el Tribunal Constitucional, y estando el "palo" pendiente de sentencia en Europa.

Mucho se ha escrito en relación con la amnistía fiscal y sobre su deficiente regulación que provocó incluso que los corruptos y delincuentes no fiscales pudieran acogerse a la misma y blanquear el dinero. También sobre el fracaso de su recaudación, y sobre la declaración de su inconstitucionalidad por el Tribunal Constitucional, esto último como guinda final. Confiemos en que esto suponga una vacuna para que no se apruebe ninguna más durante muchos años, aunque sabemos que tarde o temprano siempre habrá otra, por mucho que ahora se pretenda prohibir por Ley; y eso los defraudadores lo saben.

Pero es que la zanahoria de la amnistía iba precedida o seguida de otras similares, como la modificación del delito fiscal y de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales. Así, se reformó el Código penal para que los delincuentes fiscales no pisaran la cárcel si pagaban antes de ser investigados, o incluso en los dos meses siguientes a haber sido citados en el Juzgado, una situación ésta que han aprovechado multitud de futbolistas, famosos y algunos políticos. 

Además de esas reformas, también hay que hacer referencia a los acuerdos en los juicios por delito fiscal, en los que se cambian los años de cárcel por dinero, con el resultado final de que el defraudador no ingresa en prisión. Uno de los ejemplos más significativos de estos acuerdos se refleja en una nota publicada por la fiscalía anticorrupción en el año 2016, en la que se intenta justificar la escasa relevancia de las penas impuestas a dos empresarios, ante lo que la propia nota califica como uno de los casos más graves de fraude fiscal cometidos en España.

Respecto del blanqueo de capitales, no olvidemos que Europa nos llamó la atención porque no se había incluido en la Ley española de 2010 a los políticos nacionales como personas de riesgo a los que había que someter a medidas de seguimiento especiales, tal como exigían las directivas sobre el tema. Y eso después de lo que había sucedido con los miles de casos de corrupción descubiertos en nuestro país en años anteriores. No olvidemos el enorme daño que producen estas decisiones en la percepción ciudadana sobre la conducta de nuestros políticos. Por lo que se refiere a la declaración de bienes en el extranjero, ya no cabe ninguna duda de que era un "palo" desproporcionado, ya que el contribuyente que no presentase la declaración -que es solo de carácter informativo y no hay que pagar nada- comete una infracción que no prescribe nunca, cuando otros delitos penales más graves sí que prescriben. Esa falta de declaración determina también que la suma de su gravamen en el IRPF y de la sanción del 150% suponga un importe superior a lo no declarado, lo que puede tener un carácter confiscatorio que está prohibido por la Constitución. 

Respecto de la normativa que regula esta obligación de información, Europa solicitó su modificación y, ante la negativa por parte de España, tarde o temprano tendremos una sentencia europea, a mi juicio, en contra de la normativa vigente. Es otro ejemplo de esa falta de estabilidad, ya que hay miles de contribuyentes que están esperando a la resolución de este tema en los tribunales, porque no se ha querido reconocer que a alguien se le fue la mano con el "palo", con la intención de que los defraudadores se acogieran a la mencionada amnistía. Al final, habremos tenido una década de convulsión tributaria como consecuencia de dos medidas, la "zanahoria" y el "palo", que posiblemente queden anuladas. Pero por el camino se ha producido una erosión importante de la conciencia fiscal de los ciudadanos, que ven cómo los defraudadores siempre van a encontrar algún subterfugio para sortear la ley, y en caso de que se descubran sus conductas, se les va a proporcionar alguna solución, ya sea de carácter temporal, como una amnistía, o de carácter permanente, con una reforma del Código Penal para que nunca entren en prisión. 

Lo dicho hasta ahora se refiere a medidas legales, pero hay otras "zanahorias" y "palos" mucho peores, que son los que no figuran en las leyes, pero que se aplican por las instituciones atendiendo a la relevancia de la persona implicada. Así, por ejemplo, se puede retrasar una citación inspectora, o enviarle una carta de aviso, para que el defraudador pueda regularizar, evitando así la imposición de sanciones, o que se le persiga por delito fiscal. En este sentido, se puede dictar una sentencia, que todo el mundo la identificará por el nombre del agraciado, como señal de que se aparta del contenido de sentencias anteriores sobre el mismo tema.

En conclusión, la percepción de los ciudadanos es que el sistema tributario -y el penal- se va adaptando en cada momento para salvar al defraudador y al delincuente, y si finalmente se descubrieran sus fraudes, siempre se podrá salir del atolladero, por ejemplo, poniendo encima de la mesa una buena cantidad de dinero. 

José María Peláez Martos es Inspector de Hacienda del Estado

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