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¿Los vecinos pueden exigir al conserje o a los limpiadores el uso de mascarilla?

La obligación de uso de mascarillas ha quedado modificada de forma esencial por el Real Decreto 286/22, limitándose su exigencia taxativa en determinadas circunstancias y lugares.

Una mujer se quita la mascarilla, a 8 de febrero de 2022, en Madrid (España). El Gobierno aprueba hoy en Consejo de Ministros la obligatoriedad del uso de las mascarillas en exteriores, medida que entrará en vigor el próximo 10 de febrero. Desde Sanidad señalan que dejarán de ser obligatorias ya que los indicadores "van mejorando" y "especialmente" el que habla del nivel de circulación del virus. 08 FEBRERO 2022;MASCARILLAS;GOBIERNO;EXTERIORES Cézaro De Luca / Europa Press 08/2/2022
Mascarilla.
Europa Press

PREGUNTA

  • Tras la nueva normativa, ¿se puede pedir a los empleados de una comunidad de propietarios que sigan usando la mascarilla? Se lee por ahí que se puede decidir por las empresas, pero no parece haber unanimidad.

La obligación de uso de mascarillas ha quedado modificada de forma esencial por el Real Decreto 286/22, limitándose su exigencia taxativa a centros, servicios y establecimientos sanitarios (excepto pacientes ingresados, en sus habitaciones); centros sociosanitarios como por ejemplo residencias de ancianos, en este caso solo para los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas; y medios de transporte, salvo camarotes; en todos los casos con las excepciones que pudieran resultar del estado de salud de las personas, discapacidades o de la naturaleza de las actividades.

Por tanto, el uso de mascarillas no será exigible en otros entornos, de modo que entendemos que no será exigible que los trabajadores de las comunidades de propietarios continúen usándolas.

La confusión nace de lo que sin duda es un absoluto embrollo legislativo, ya que la exposición de motivos, que es la parte que precede al articulado, dice cosas que luego el articulado no dice o dice de forma diferente; pero la exposición de motivos no tiene carácter normativo. Entre las frases que han creado confusión, por ejemplo, la que dice: "En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo la utilización de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación".

Aunque resulta de por sí dudoso que los servicios de RL puedan establecer algo así en la gran mayoría de los casos, como una comunidad no cuenta con estos, la regla es que no será exigible.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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