El juez se inhibe sobre la administración judicial de las acciones del Racing

  • El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santander se ha inhibido en la petición de la Sociedad Regional Cántabra de Turismo (Cantur) para que se declarara la administración judicial de las acciones del Racing de Santander que tiene en su poder Western Gulf Advisory (WGA), la compañía de Alí Syed.

Santander, 27 abr.- El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santander se ha inhibido en la petición de la Sociedad Regional Cántabra de Turismo (Cantur) para que se declarara la administración judicial de las acciones del Racing de Santander que tiene en su poder Western Gulf Advisory (WGA), la compañía de Alí Syed.

En un auto que se ha notificado hoy, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 4, Justo García Barros, ha declarado su falta de competencia en este asunto y ha remitido a las partes a que presenten esa petición ante los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, partido judicial ante el que se ha presentado el proceso de arbitraje entre Cantur y WGA.

El titular del Juzgado señala que, "teniendo en cuenta que el lugar en que se va a dictar el laudo es Madrid", dado que la petición de arbitraje ya estaba planteada con anterioridad a las medidas cautelares, "no cabe duda de que el Juzgado de Primera Instancia competente" es el de esa ciudad.

Para apoyar esa tesis, el juez recalca que, cuando el lugar del arbitraje ya fuera conocido, porque se hubiera pactado o porque ya se hubiera iniciado el mismo, "no es posible más que someterse al fuero preferente" -Madrid- e "instar las medidas ante el Juzgado del lugar en que se vaya a dictar el laudo, que es también en el que se va a ejecutar".

En lo relativo al escrito presentado por el Ministerio Fiscal, en el que mantenía que la competencia sobre este tema es del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santander, el titular de este órgano declara que no puede analizar los argumentos o alegaciones en los que basa ese informe.

Así, indica que éstos no se han expresado, por lo que se remite reiterar su postura contraria a la interpretación del artículo legal que cita el Ministerio Público.

El Gobierno de Cantabria, a través de Cantur, había solicitado ante ese Juzgado de Primera Instancia número 4 la adopción de una medida cautelar urgente para que se declarara la administración judicial de las acciones del Racing Club de Santander durante el tiempo que dure el proceso de arbitraje iniciado contra Western Gulf Advisory ante la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid.

La pasada semana, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Santander ya declaró que podría no ser el competente para adoptar esa decisión.

Cantur presentó alegaciones a la providencia que apuntaba esa incompatibilidad del Juzgado de Santander para decidir sobre esa medida cautelar, y contó con el apoyo de la Fiscalía al argumentar que ese órgano de la capital cántabra era competente.

Sin embargo, en el auto que se ha conocido hoy, el juez Justo García Barros rechaza tener competencia, y además se opone a adoptar de forma preventiva esa medida cautelar para nombrar una administración judicial de las acciones del Racing.

Y es que, según se recoge en el auto, la medida cautelar solicitada no es "homogénea" con la pretensión que se ejercita en el procedimiento arbitral, ni "proporcionada" con lo que se pide por Cantur.

La decisión del juez de Primera Instancia número 4, de que la petición de Cantur sobre la administración judicial de las acciones sea estudiado en un Juzgado de Madrid, supone que el fallo que se produzca no llegará a tiempo para evitar que el empresario indio controle la mayoría accionarial en la Junta del tercer fin de semana de mayo, en la que Alí Syed podría, de ese modo, designar un nuevo consejo de administración.

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