Batet reajusta el uso de los 'moscosos' y desata un incendio en la Administración

  • El sindicato CSIF carga contra Función Pública por recortar los días de asuntos propios a los funcionarios que no hayan trabajado los 12 meses del año
La ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet
La ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet

El Ministerio de Política Territorial y Función Pública que dirige Meritxell Batet ha decidido entrar en el peliagudo campo de la regulación de los días de asuntos propios de los funcionarios y como era de prever el asunto ha levantado ampollas. El sindicato CSIF - mayoritario en el ámbito de la Administración General del Estado - ha acusado al Ministerio de "recortar los derechos de los funcionarios" por un cambio de criterio en la aplicación de los famosos 'moscosos' a los que tienen derecho los funcionarios, que limita su utilización para el personal que no haya estado los doce meses del año en activo.

La decisión, adoptada el pasado 14 de diciembre por la Comisión Superior de Personal de la Administración General del Estado al margen del diálogo social, modificó el criterio que se venía aplicando desde el año 2008 para el disfrute de los días de asuntos propios de los empleados públicos. Hasta ese cambio, los funcionarios tenían derecho con carácter general a solicitar todos los días de asuntos propios que prevé la normativa desde su implantación en 1983 por el entonces ministro de la Presidencia, Javier Moscoso - que les otorgó el nombre por el que se conocen -: seis días para asuntos particulares, más dos días extra al cumplir seis trienios en la Administración, más un día extra adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

El nuevo criterio limita el disfrute de estos días para asuntos particulares a los empleados públicos que no hayan estado todo el año en situación de servicio activo, es decir, que por alguna de las circunstancias previstas en el ley no hayan estado trabajando durante una temporada más o menos limitada, de modo que los 'moscosos' a que tendrán derecho se ponderarán en función del tiempo que hayan estado en 'servicio activo'.

Y esto, precisamente, es lo que ha generado la reacción sindical. Desde CSIF se argumenta que la medida discrimina a colectivos como los funcionarios de nuevo acceso o los que están a punto de jubilarse, ya que condiciona los días de asuntos propios de los que pueden disfrutar en función del momento en que se incorporen o en el que decidan abandonar el servicio activo. 

Recuerdan, además, la existencia de un criterio asentado y publicado por parte de Función Pública según el cual aunque el disfrute de las vacaciones debe ser proporcional, los días de libre disposición se disfrutarán en su totalidad. De hecho, el sindicato enarbola una contestación del Departamento de Recursos Humanos de un organismo autónomo dependiente del Estado que señala que "de acuerdo con el parecer de la Comisión Superior de Personal, los días de permiso por asuntos particulares no están vinculados al tiempo de servicios efectivos prestados y, por lo tanto, no se someten al criterio de prorrateo. Los permisos, por su propia naturaleza, no pueden ser objeto de prorrateo".

Límites a nuevos funcionarios, jubilaciones, excedencias...

El Ministerio de Función Pública justifica su actuación por la disparidad de criterios con la que los diferentes departamento de la Administración General del Estado estaban aplicando los días para asuntos particulares y establece una serie de reglas específicas para regular la aplicación ante una serie de situaciones diferentes al 'servicio activo'.

El principio general de la nueva regulación es que a los empleados públicos "les corresponderán los días de asuntos particulares proporcionales al tiempo efectivamente trabajado durante el año", lo que significa de hecho aplicar el prorrateo que descartaba el criterio anterior del Ministerio.

Los principales colectivos afectados serán los funcionarios de nuevo acceso y los que abandonen el servicio activo en el ejercicio en curso, pero la proporcionalidad también afectará a los empleados públicos que se encuentren en otras situaciones como la realización de servicios especiales para otras Administraciones Públicas - en ese caso, se limitarán en función de los 'moscosos' ya disfrutados en el anterior destino -; y las situaciones de excedencia voluntaria por interés particular o agrupación familiar, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por una suspensión temporal en sus funciones.

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