Trámites y requisitos

Todas las gestiones bancarias que se deben hacer para cobrar una herencia

Para acreditar a los herederos, hay que entregar la documentación necesaria, incluyendo el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o acta de notoriedad.

Ahorro de euros.
Todas las gestiones bancarias que se deben hacer para cobrar una herencia
Imagen de Bruno /Germany en Pixabay.

El fallecimiento de un familiar o un ser querido conlleva numerosos trámites que hay que resolver para poder acceder a una herencia. En la mayoría de los casos, estos trámites resultan algo intimidantes por su aparente complejidad, pero no deberían representar un problema tan grande para los que se informen previamente de cómo funciona. Así, explicamos los pasos que hay que seguir a continuación:

La solicitud y emisión del certificado de posiciones recoge los fondos y productos que tenía el fallecido en una entidad bancaria para liquidar el impuesto de sucesiones ante el organismo recaudador de la comunidad autónoma que corresponda. Es recomendable acudir a la Agencia Tributaria en casos de que los productos se encuentren repartidos entre varias entidades.

Para acreditar a los herederos, hace falta entregar la documentación necesaria, incluyendo el certificado de defunción (que se puede obtener en el Registro Civil, en la página web del Ministerio de Justicia o solicitándolo por correo), el certificado de últimas voluntades, que acredita si una persona ha otorgado testamento y ante qué notario, y el testamento o acta de notoriedad de herederos. Este último requiere una copia autorizada o, en su defecto, el acta notarial de notoriedad de declaración de herederos que establecerá quiénes son los mismos. Hace falta que acudan las personas interesadas y dos testigos y su precio varía entre 200 y 300 euros.

Después, hace falta solicitar la tramitación firmando la nota de encargo en la entidad bancaria correspondiente. Para adjudicar la herencia hay que aportar el documento público de aceptación y adjudicación de herencia o documento privado de partición firmado por todos los heredero y liquidar el impuesto de sucesiones y la carta de pago, exención o prescripción del impuesto con el inventario de bienes presentado al efecto. También hay que indicar las cuentas donde se realizarán los depósitos, diferencias de saldo, reparto de saldos pendientes, instrucciones de cotitulares y demás preferencias.

Para la ejecución, la entidad bancaria se encargará del reparto y asignación de los bienes conforme a la documentación aportada. Es importante estar al tanto de las posibles bonificaciones fiscales, los contratos de seguros de cobertura de fallecimiento vigentes, los préstamos o créditos de los que podría haber sido titular el fallecido, entre otras consideraciones. Esta información podría dar pistas sobre si es más conveniente renunciar a la herencia por los gastos que puede producir.

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