Plazo de tres años

Así es la nueva normativa que reducirá la temporalidad de los interinos

Más de 300.000 plazas estructurales ocupadas por interinos se convertirán en fijas antes del 31 de diciembre de 2024 como fecha límite improrrogable

Entrevista de trabajo.
Entrevista de trabajo.
Foto de Gustavo Fring de Pexels.

Las comunidades autónomas continúan con la contratación de empleados públicos mediante la figura laboral del interino. Según los últimos datos del Registro Central de Personal, del total de los 102.000 nuevos contratados por la administración un 90% de ellos son interinos. Suponen así un total de 568.213 trabajadores de los 1,6 millones que dependen laboralmente del Estado. Las áreas que más porcentaje abarcan en este tipo de contratos son Sanidad y Educación, que han sumado un total de 54.000 nuevos efectivos. 

El pasado mes de junio el Tribunal de la Unión Europea (TJUE) hizo pública una sentencia en la que declaraba ilegal ligar la interinidad a procesos selectivos sin plazo y criticando que la normativa española no incluyese "ninguna medida destinada a prevenir y en su caso sancionar la utilización abusiva de contratos de duración determinada sucesivos". Por su parte, a finales del mismo mes el Tribunal Supremo ratificó un fallo sobre la misma materia. Declaró que la duración máxima del proceso de contratación será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su legislación.

En este sentido, el Gobierno aprobó este pasado mes de julio un paquete de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público. Este decreto, que ahora se tramita en el Congreso como proyecto de ley, ha dividido este pasado miércoles en el Congreso a las dos formaciones que integran el gobierno de coalición, ya que el PSOE y Unidas Podemos han votado distinto en una moción.

Tres años para su incorporación

Este proceso de estabilización ha sido uno de los asuntos que más ha dividido al Gobierno a la hora de salvar una votación, ya que hasta última hora Unidas Podemos no comprometió su apoyo al decreto ley aprobado por el entonces ministro de Función Pública, Miquel Iceta. El paquete legislativo finalmente salió adelante. Pese a todo, a punto estuvo de ser derogado, ya que en una primera votación resultó empate. No fue hasta una segunda votación, donde Rosa Medel, diputada de Unidas Podemos, optó por no votar para facilitar su convalidación, ya que por conciencia había votado en contra.

Según anunció el Gobierno tras la celebración de dos Conferencias Sectoriales de Administración Pública, la reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas y el posterior acuerdo alcanzado con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF, la administración busca una "solución eficaz a un problema enquistado". "Fruto de una regulación inapropiada y de años de un conjunto de prácticas inadecuadas", aseguraba el escrito. Se dotará de seguridad jurídica junto con la creación de empleo estable y de calidad. 

Cambio en los concursos y movilidad

En este sentido, más de 300.000 plazas estructurales ocupadas por interinos se convertirán en fijas antes del 31 de diciembre de 2024 como fecha límite improrrogable. Los procesos se desarrollarán a través de concurso-oposición. Todo ello con una valoración de la fase de concurso. 

Por primera vez en las ofertas de empleo público, se tendrá en cuenta en un 40 % mayoritariamente la experiencia, los años que se lleven trabajando, en qué puesto, categoría o equivalente. Respecto a la movilidad, para quienes no superen los procesos de estabilización, las convocatorias podrán prever su inclusión en bolsas de interinos específicas o su integración en bolsas ya existentes.

Compensaciones por año trabajado

Según reza el Real Decreto, quienes no superen la oposición tendrán una compensación económica de 20 días de sus retribuciones fijas por año trabajado. Todo ello con hasta un máximo de 12 mensualidades. Por otra parte, en el caso del personal laboral temporal la compensación consistirá en la diferencia entre el máximo de 20 días y la indemnización que le corresponda percibir por la extinción de su contrato. Computándose por meses los períodos inferiores a un año, hasta un máximo también de 12 mensualidades.

Según asevera Moncloa, la administración pública debe asegurar que se cumplan estos plazos dentro de los procesos de estabilización. Para ello, se opta por la adopción de medidas apropiadas para un desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales como la reducción de plazos, la digitalización de procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio, entre otras.

Nueva normativa

Cuando sea preciso contratar a personal público interino, se podrá nombrar cuando la plaza no se pueda cumplir con un propio funcionario de carrera. Todo ello con una duración máxima de tres años desde el nombramiento del trabajador interino. También, se podrá designar a un interino por sustitución transitoria o para la ejecución de trabajos temporales que no superen los tres años. O por exceso acumulación de tareas, con un plazo máximo de nueve meses dentro de un periodo de 18 meses. 

Por otra parte, los interinos por vacante podrán permanecer en su plaza siempre que se haya publicado la convocatoria dentro del plazo de los tres años a contar desde la fecha su nombramiento. En este supuesto, el trabajador podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria y su cese no implicará compensación económica. 

Una vez que finalice la relación de servicios del personal interino por el cumplimiento del término máximo de 3 años para permanecer como tal, la plaza sólo podrá cubrirse por personal funcionario de carrera. Sin embargo, si el proceso selectivo hubiera quedado desierto, se podrá establecer otro nombramiento por interinidad.

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