Con y sin intereses

Dejar dinero a un amigo: los requisitos para hacerlo de forma segura y legal

En este tipo de operaciones, conviene dejar claro todas las partes que intervienen, así como la cantidad, los plazos y la forma de devolución, etc. 

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Dejar dinero a un amigo: los requisitos para hacerlo de forma segura y legal
Unplash / Markus Spiske

Muchas personas se han encontrado en algún momento de sus vidas ante la tesitura de tener que dar dinero a un allegado, ya sea familiar o amigo. Cuando la cantidad es menor, el problema por ende, es menor, valga la redundancia. Pero si el importe del préstamo asciende a cifras considerables, la situación se torna algo más complicada. Cuando esto último ocurre, es lógico que, pese a la confianza entre los particulares, surjan dudas, sobre todo para el dador. ¿Qué ocurre si tras un tiempo no me lo devuelve? ¿Y si le cobro intereses en la operación? ¿Hay que declarar ese dinero? 

Huelga decir que en este caso no nos estamos refiriendo a donaciones en vida, que si están sujetas a retenciones. Hablamos, pues, de préstamos entre particulares. O lo que es lo mismo: la cesión de capitales, con la obligación de devolverlo. Así, tal y como advierte el banco BBVA, primero conviene identificar los rasgos de la operación. Por un lado, conviene dejar claros los sujetos que intervendrán: el prestamista -que es quien da el dinero-, el prestatario -que es el que recibe y, por tanto, tiene la obligación de devolverlo-. También será necesario dejar bien atado:  la cantidad que se presta y no solo el plazo de reembolso, sino también la forma en que este se va a realizar (todo junto a final o principio de mes, de forma mensual o anual, etc.). Por último, si fuera necesario también se deberían fijar las posibles comisiones. 

Pero esto no es todo, el BBVA también aconseja todos estos rasgos de la operación queden por escrito. Principalmente, para evitar que Hacienda considere que dicha operación es una donación, cuya legalidad estaría sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, con todo lo que ello conlleva. Además, también es conveniente de cara a posibles causas o reclamaciones judiciales. 

Cuidado con incluir intereses

Ahora bien, incluir intereses cuando se presta dinero a un amigo o un familiar no es algo a título gratuito. Es decir, en este supuesto, aquel que los ingresa -que será el que ha dado el dinero en primera instancia- deberá declararlos en el IRPF. Por su parte, el que lo abona debe hacer una retención a cuenta. Eso, insistimos, no es obligatorio y será algo a decidir entre las partes implicadas. 

Tampoco es obligatorio, explica el BBVA, que ese documento sea público y, por tanto, se lleve a una escritura notarial. "Sí que suele ser conveniente al poder contar así con el asesoramiento notarial, los modelos de préstamo que este nos puede aportar", apunta el banco.

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