Seguridad Vial

Los documentos que debes llevar en tu coche según la DGT: evita multas de hasta 3.000 euros

Si vas a circular con un coche, debes saber que hay una serie de documentación que debes llevar junto a ti en el interior del vehículo. Si la Guardia Civil te para y no dispones de estos papeles, debes saber que pueden imponerte una multa de hasta 3.000 euros.

Los documentos que debes llevar en tu coche según la DGT: evita multas de hasta 3.000 euros
Los documentos que debes llevar en tu coche según la DGT: evita multas de hasta 3.000 euros
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Los documentos que debes llevar en tu coche según la DGT: evita multas de hasta 3.000 euros

El carnet de conducir, la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV) y el permiso de circulación del vehículo son los documentos obligatorios que, según la DGT, debes llevar en el coche si quieres evitar una posible sanción. Además de ser obligatorio por ley, estos 'papeles' ofrecen seguridad en la conducción. No contar con ellos supone un incumplimiento de la ley que puede acabar con una multa económica que, en caso de no tener seguro, puede alcanzar los 3.000 euros.

En el año 2020, la Dirección General de Tráfico (DGT) publicó la aplicación para el móvil 'Mi DGT'. Gracias a ello, los conductores pueden llevar en su smartphone toda la documentación de forma digital. Sin embargo, se recomienda llevar los documentos de todo ello en papel por si el teléfono se queda sin batería o el dispositivo móvil se rompe impidiendo el acceso a la información digital.

Además, DGT informa a los conductores que deben disponer en el coche de los documentos originales y que el uso de fotocopias no está permitido. Además, en caso de que algún dato del titular cambie, se debe solicitar una renovación del Permiso de Circulación donde aparezcan todos los datos correctos.

¿Qué multa pueden ponerme si no llevo los documentos obligatorios?

La DGT explica a todos los conductores que no disponer de los documentos que se exigen según la Ley de Seguridad Vial, la multa puede variar entre los 10 y los 3.005 euros. La sanción menor, que alcanza los 10 euros, se impone por cada uno de los documentos que no lleve consigo el conductor. En caso de haber renovado con retraso el carnet de conducir, la multa suma 80 euros. La cifra asciende hasta los 500 euros y suma cuatro puntos de sanción en los siguientes supuestos: 

  • Conducir un coche no autorizado.
  • Carnet no válido.
  • Conducir sin el permiso de circulación en regla.
  • ITV caducada o rechazada.

La multa más elevada que se puede imponer, respecto a la ausencia de documentos considerados obligatorios por la legislación. La sanción, en este caso, oscila entre los 601 y los 3.005 euros. La mayor o menor cuantía de esta depende de distintos factores como:

  • El tipo de uso que se le dé al vehículo (personal o profesional).
  • Categoría.
  • Si se estuviese circulando o, por el contrario, está aparcado en el garaje. 
  • El tiempo que lleve sin tener el seguro de coche en regla.
  • Si, previamente, se ha incidido en la misma falta.
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