Madrid, 13 abr.- El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Iberdrola contra el artículo que elimina las restricciones de voto en las cotizadas y que autoriza a ACS, su principal accionista, a votar por el 19,02 % de su participación en la eléctrica.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso hoy EFE, la sala de lo contencioso administrativo del alto tribunal ha decidido también rechazar las causas de inadmisibilidad que propusieron en su día tanto los abogados del Estado como la constructora ACS, que busca entrar en el consejo de administración de la eléctrica.
Esta decisión se produce después de que el Supremo haya rechazado en dos ocasiones las pretensiones de Iberdrola, que solicitaba que se suspendiese cautelarmente el artículo 515 de la Ley de Sociedades de Capital, la denominada "ley antiblindajes", al entender que con ello no se generaría una "grave perturbación a los intereses generales o de terceros".
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