Agilizar los procesos

Las eléctricas tendrán hasta nueve meses para readaptarse al 'nuevo' autoconsumo

La CNMC prepara una resolución por la que se aprobarán los nuevos formatos de los ficheros de intercambio de información entre distribuidores y comercializadoras, lo que tendrá un gran impacto en los sistemas informáticos.

Proyecto autoconsumo.
Las eléctricas tendrán hasta nueve meses para readaptarse al 'nuevo' autoconsumo.
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La burocracia es protagonista en el sector energético desde hace tiempo y no precisamente para bien. Los tiempos y la participación de varios agentes dificultan muchos procesos y obliga al entendimiento para que el consumidor final no pague los platos rotos. Tras varios tira y afloja, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y las distribuidoras eléctricas han tomado el camino del trabajo conjunto y analizan desde hace meses cómo desatascar la conexión de los autoconsumos a la red, mayoritariamente los colectivos.

El foco está puesto ahora mismo en el intercambio de ficheros entre distribuidores y comercializadoras. Competencia pretende aprobar dos nuevos formatos -así como revisar otros- con el fin de agilizar la tramitación de los procesos de contratación, información, facturación y reclamación del autoconsumo eléctrico, especialmente el colectivo. Otro de sus objetivos es estandarizar el proceso de reposición en el sector y minimizar los efectos de cambios de comercializador erróneos o indebidos con el fin de proteger y preservar los derechos del consumidor.

En este sentido, se ha creado un grupo de trabajo. Según ha podido saber La Información, está integrado por el propio regulador, el Ministerio para la Transición Ecológica, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), Red Eléctrica de España (REE), Unión Fenosa Distribución -propiedad de Naturgy-, la Asociación de Empresas de Energías Renovables (Appa), la Asociación de Empresas de Energía Eléctrica (Aelec), la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), la Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica (CIDE), la Asociación de Empresas Eléctricas (ASEME) y la Asociación de Empresas con gran consumo de energía (AEGE).

Más tiempo debido a la "profundidad de los cambios"

Según la CNMC, la aplicación de las modificaciones de los formatos de los ficheros de intercambio de información afectados no puede ser de un día para otro porque las empresas comercializadoras y distribuidoras precisan readaptar sus sistemas informáticos, para lo que tendrán un máximo de tiempo establecido. La regulación energética contempla habitualmente unos plazos para la puesta en servicio de las nuevas aplicaciones informáticas o modificaciones de las existentes de unos seis meses para el sector eléctrico y de nueve para el gasista. Sin embargo, considerando la "profundidad de los cambios" que se introducirán y su impacto en los sistemas informáticos de los agentes, el plazo será también de nueve meses desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la resolución, cuya propuesta está abierta a audiencia pública hasta el 9 de febrero.

Asimismo, previamente se abrirá un periodo de pruebas de dos meses, de carácter voluntario para los agentes comercializadores, y obligatorio para los distribuidores. Por su parte, los procesos en curso seguirán asimismo la operativa anterior, sin perjuicio de que se puedan pactar entre los agentes los criterios concretos a emplear en estos casos. 

En el caso de los autoconsumos colectivos, y más concretamente de una comunidad de vecinos, las distribuidoras denuncian que el proceso para dar de alta un autoconsumo es muy complejo, ya que intervienen muchos agentes y está "altamente regulado". El intercambio de ficheros entre agentes es clave para que la información fluya y se pueda finalizar la contratación, en la que participan hasta siete agentes en el proceso: el cliente, la comunidad de propietarios, el instalador, el ayuntamiento, la comunidad autónoma, la distribuidora y la comercializadora.

Para ponerse en situación, la comunidad de propietarios tiene que aprobar la instalación de las placas en las zonas comunes y concretar qué vecinos participan en el autoconsumo colectivo. Después, tiene que contratar a un instalador para que coloque las placas y realice la instalación eléctrica, pedir a la distribuidora el permiso de acceso y conexión, solicitar al ayuntamiento las licencias que correspondan, dirigirse a la comunidad autónoma para lograr el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) que legalice la instalación, y gestionar con la distribuidora el Contrato Técnico de Acceso (CTA) y la inspección de la instalación. Finalmente, cada cliente debe enviar a través de su comercializadora el acuerdo de reparto de energía entre los vecinos y rellenar un fichero TXT según un formato definido por Competencia on los coeficientes de reparto.

Los plazos para conectar el autoconsumo los marca la normativa

Desde el sector resaltan también que los plazos para conectar la instalación a la red eléctrica los marca la normativa y que en muchas ocasiones el cliente los desconoce. La fecha de activación o utilización de los nuevos coeficientes será desde las 00.00 horas del primer día del mes siguiente a aquel en que la empresa distribuidora dispone de la información correcta y completa si este hecho sucede durante los primeros 10 días del mes en curso, o desde las 00.00 horas del primer día del segundo mes a aquel en que se tiene la información correcta y completa a partir del día 11 del mes en curso. Para entendernos, si la información con los coeficientes llega de manera correcta y completa antes del 10 de febrero, por ejemplo, se activa a comienzos de marzo. Si llega el 11, la activación se postergaría hasta dos meses.

Así, el organismo que preside Cani Fernández, que ha identificado hasta 140 problemas que paralizan el autoconsumo colectivo e investiga la práctica de algunas compañías, plantea la creación de la figura del representante de todos los puntos de suministro del autoconsumo, para que pueda solicitar ante el distribuidor la activación, la modificación o la baja de un autoconsumo. De esta manera, se exime de aportar información a todos los miembros del autoconsumo. 

Además, considera "necesario" aprobar un nuevo 'Formato M2' para que el distribuidor pueda, de forma unilateral, activar modificar o dar de baja un autoconsumo, cuando hubiera sido informado por la Comunidad Autónoma, o por el representante del autoconsumo, siempre que dispusiera de la documentación correspondiente, y hubiera informado durante al menos un plazo de diez días hábiles a las comercializadoras del resto de miembros del autoconsumo y ninguno hubiera rechazado el proceso. 

Con todo lo anterior, en los autoconsumos colectivos con representante se elimina la posibilidad actual del distribuidor de la apertura de una incidencia de 30 días de duración, para que los miembros de los autoconsumos colectivos puedan ir confirmando los nuevos acuerdos de reparto o el cambio en el tipo de autoconsumo. En la práctica, los distribuidores podrán considerar los plazos de activación contenidos en la Orden TED/1247/2021, de 15 de noviembre, como máximos. Un punto de suministro podrá ser también parte de más de un autoconsumo simultáneamente siempre que estén acogidos a la misma modalidad.

Más protección al consumidor con un estándar 

De este modo, los formatos publicados para la comunicación entre comercializador y distribuidor no interfieren con los procesos y plazos de acceso y conexión, que siguen según lo vigente. Asimismo, se pretende proteger al consumidor, estandarizando el proceso de regreso del punto de suministro al comercializador y contrato que tenía cuando sufra un cambio de comercializador erróneo o indebido, con un nuevo 'Formato E2'.

La propuesta de resolución de la CNMC también contempla la modificación de otros formatos, especialmente el 'Formato P0', de información de un punto de suministro, para que aparte de que el comercializador pueda obtener información técnica y administrativa no confidencial previa a la contratación de un punto de suministro, pueda conocer información sobre la titularidad y la dirección de este o cuándo ha formalizado la contratación (para que pueda advertir algún tipo de error). Con ello, según la CNMC, se protege y se preservan los derechos del consumidor.

Competencia asegura que la eventual carga económica para los distribuidores y comercializadoras derivada de la introducción de nuevos ficheros será "poco significativa" en comparación con las mejoras previstas en los procesos de contratación, información, facturación y reclamación del autoconsumo, así como los derechos del consumidor. También considera que se favorecerá la competencia efectiva en el mercado minorista de electricidad al introducir modificaciones en los formatos que agilizan y mejoran los procesos de contratación, información, facturación y reclamación del autoconsumo y de los consumidores eléctricos en general.

conexiones de naturgy

  • UFD, la distribuidora de Naturgy, superó en 2023 las 38.000 conexiones de instalaciones de autoconsumo a su red eléctrica tras duplicar el número frente al ejercicio precedente.  Solo durante el año pasado facilitó la conexión de 20.600 puntos de autoconsumo, lo que supone un ritmo superior a las 1.700 conexiones nuevas al mes. En total, dispone de 950 MW de potencia ya operativos.
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