En julio se registraron 120 convenios colectivos con inicio de efectos económicos en 2013


El pasado mes de julio se registraron en España 120 convenios colectivos con inicio de efectos económicos en 2013, que afectan a 30.806 empresas y 290.741 trabajadores. Un total de 89 de estos convenios fueron de ámbito de empresa y 31 de ámbito superior, según las estadísticas publicadas este jueves por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Hasta julio se registraron un total de 474 convenios con inicio de efectos económicos en el año (381 de empresa y 93 de ámbito supraempresarial), un número superior al que reflejaba la estadística en julio de 2012 (241 convenios, 207 de empresa y 34 de ámbito superior). Es decir, hasta julio se han registrado un 96,7% más que inician sus efectos en el año respecto al mismo periodo del año anterior, que afectan a un 129,2% más de trabajadores.
El incremento salarial pactado en el total de convenios registrados hasta julio es del 0,65% (0,62% para convenios de ámbito de empresa y 0,65% para los de ámbito superior). Respecto al incremento salarial pactado en convenios que inician sus efectos en 2013 es más moderado aún, del 0,42% (0,54% los de ámbito de empresa y 0,41% los de ámbito superior). Los incrementos salariales en convenios de carácter plurianual son ligeramente más moderados.
Además, estos convenios plurianuales, que afectaban al 72% de los trabajadores en julio de 2012, han incrementado su grado de incidencia hasta afectar al 94% de los trabajadores.
Por otro lado, en julio de 2013 se registraron 182 inaplicaciones, que afectaron a 21.530 trabajadores, por lo que desde la reforma laboral ya se contabilizan 2.322 inaplicaciones, que han afectado a casi 140.000 trabajadores (139.710). La mayor parte de ellas (1.574) y de trabajadores afectados (110.358) se han registrado en 2013.
Según el departamento de Fátima Báñez, “los datos ponen de relieve el gran dinamismo de la negociación gracias al fin de la ultractividad indefinida introducido por la reforma laboral, así como la continuación del proceso de moderación salarial y la utilización de las inaplicaciones de convenio como forma de ajuste alternativa al despido”.

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